Acuerdo legislativo que exhorta a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a efecto de que, en coordinación con los Ayuntamientos de Zapopan, Tala, Tlajomulco y El Arenal, participen tanto en la vigilancia y prevención de actividades prohibidas y restringidas de acuerdo a la zonificación existente en La Zona de Protección Forestal y Refugio de la Fauna Silvestre La Primavera; como en el diseño, en su caso, de zonas específicas dentro o fuera del polígono de protección de “La Primavera” para la realización de la práctica deportiva del motociclismo seguro y sustentable.(F13892)

Número de Iniciativa6617/LXII
Fecha de registro10 Marzo 2021
Autor de la iniciativaCortés Berumen José Hernán , Autor González Fierros Adenawer , Autor González Orozco Irma Verónica
Tipo de proyectoIniciativa de Acuerdo Legislativo
SesiónLegislatura LXII
GOBIERNO
DE JALISCO
PODER
LEGISLATIVO
SEEREÏARIA
DEL CONGRESO
åg 8åR
,;OORDINACIÓN DE PROCËSOS LEGISLATNOS
JURIDICOS
JEFATUIìA
I,]ORA
Y
NÚMHR
NËPEh¡DENEIA--
CIUDADANOS DIPUTADOS DEL
H. CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO
PRESENTES
JosÉ HERNÁN coRTÉs BERUMEN, ADENAWER GoNzÁLEz FtERRos, tRMA
vrnórurcn eoruzÁlrz oRozco y cARLos EDUARDo sÁrucHrz cARRtLLo,
Diputados a la LXll Legislatura del Estado de Jalisco, con fundamento en lo dispuesto
por el artículo 28 fracción I de la Constitución Política, así como 27 lracción I de la
Ley Orgánica del Poder Legislativo, ambos ordenamientos del Estado de Jalisco, por
este conducto tenemos a bien elevar a la consideración de esta H. Soberanía
Popular, el siguiente ACUERDO LEGISLATIVO POR EL QUE SE EXHORTA A LA
PROCURADURíA FEDERAL DE PROTECCIóN AL AMBIENTE A QUE, EN
COORDINACIÓN CON LOS AYUNTAMIENTOS DE ZAPOPAN, TALA, TLAJOMULCO Y
EL ARENAL, TODOS DEL ESTADO DE JALISCO, TOMEN LAS ACCIONES PERTINENTES
PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA DE MANEJO DEL ÁREA DE
PROTECCIóN DE FLORA Y FAUNA "[A PRIMAVERA,,, EVITANDO tAS ACTIVIDADES
SEÑALADAS EXPRESAMENTE COMO PROHIBIDAS POR EL GRAVE ¡MPACTO
AMBIENTAL QUE GENERAN, COMO LO ES tA PRÁCTICA DEL MOTOCICLISMO
DENTRO DE LAS DIVERSAS ZONAS DE PROTECCIóN, lo anteriorde conformidad con
la siguiente:
EXPOSICIóN DE MOTIVOS
l. La Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco establece en su artículo
27 párrafo l- fracción lque todos los diputados tienen igual derecho de
participación, decisión, voz, voto y gozan de las mismas facultades que les otorga la
Constitución del Estado de Jalisco, además de presentar iniciativas de ley, decreto o
acuerdo legislativo.
ll. El día 07 de junio de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el
Acuerdo que tiene por objeto dotar con una categoría acorde con la legislación
" vigéñte -ã-lãs -supéîfiõiê5 qùe" fueiön-õbjetó- dê- diVérsas declaratonas de areas
naturales protegidas emitidas por el Ejecutivo Federal.
Una de esas superficies es la correspondientes al conocido como Bosque La
Primavera en el Estado de Jalisco. De acuerdo con el Decreto, la clasificación quedó
como: La Zona de Protección Forestal y Refugio de la Fauna Silvestre La Primovera;
establecida medionte Decreta Presidencial en la región conocida comö La Primavera,
localizado en |os municipias de Tala, Zøpapan y Tlaiomulco, Jalisco, cön uncl
superficie apraximudu de 3A.S11hectúreas, publicada en el ffiísriæ üfieiai de lm
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