Acuerdo legislativo que aprueba celebrar Sesión Solemne, para otorgar un público reconocimiento póstumo a través de sus familiares, a Don Félix Bañuelos Jiménez, por sus contribuciones para promover, preservar y enriquecer al deporte de la charrería, como manifestación cultural, al más mexicano de los deportes y patrimonio cultural de la humanidad y por su contribución en México y en el extranjero la calidad. la cultura y el prestigio nuestra bebida nacional por excelencia. Así como su destacada contribución empresarial y social a Jalisco siendo nombrado como "El Padre de la Industria Moderna de Arandas".(F. 7946)

Número de Iniciativa2945/LXIII
Fecha de registro15 Junio 2023
Autor de la iniciativaNoroña Quezada Hortensia María Luisa , Autor Velázquez Chávez Gerardo Quirino
Tipo de proyectoIniciativa de Acuerdo Legislativo
SesiónLegislatura LXII
EtapaJunta de Coordinación Política
GOBIERNO
DE IALISCO
PODER
LEGISLATIVO
SECRETARfA
DEL CONGRESO
0?946
PODER DEL ESTÀDC)
Los que suscriben, Diputada Hortensia María Luisa Noroña Quezada y
Gerardo Quirino Velázquez Châvez integrantes de la LXlll Legislatura, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 28 fracción l, de la Constitución
Política; así como el artículo 27 fraccionl y 139 de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo, ambos ordenamientos del Estado de Jglisco, se somete a la
consideración de esta H. Asamblea, la presente /niciativa de Acuerdo
Legislativo, que tiene por objeto emitir un público y póstumo
reconocimiento a Don Félix Bañuelos Jiménez en el Recinto Legislativo
del H. Congreso del Estadofmisma que se fundamenta en el tenor de la
siguiente:
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DEPENDENCIA-
H. CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO
PRESENTE.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
PRIMERO. - Es atribución de las diputadas y diputados presentar iniciativas de
Acuerdo Legislativo, de conformidad con el artículo 28, fracción I de la
Constitución Política del Estado de Jalisco y artículos 27 numeral 1, fracción I y
139 numeral 1 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco.
Así mismo, es facultad de la Asamblea determinar sesión solemne, cuando
concurran personalidades distinguidas, como lo establece el artículo 123 de
nuestra Ley Orgánica, que establece:
Artículo 123.
1. Son sesiones solemnes aquellas que determine la Asamblea para la
conmemoración de aniversarios históricos, así como aquellas en que así
lo acuerde la Asamblea cuando:
l. Concurran representaciones de otros Poderes del Estado, de la
Federación o de otras Entidades Federativas;
ll. Concurran personalidades distinguidas; y
lll. Se reconozca a personas físicas o jurÍdicas en los términos de la Ley
que Establece las Bases para el Otorgamiento de Premios y
Condecoraciones en el Estado de Jalisco.
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