Acuerdo de la Junta de Gobierno del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México, por el que se expiden los lineamientos de operación de la acción de asistencia social coordinación de servicio de jornadas en unidades móviles rosas.

Martes 7 de marzo de 2023 Sección Primera Tomo: CCXV No. 42
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Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo que dice: DIF EDOMEX.
FUNDAMENTO LEGAL
La Junta de Gobierno del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México, con fundamento en
los artículos 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 5 y 78 de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de México; 1, 2 fracción V, 3 fracción XVIII, 24 fracción III, 27 fracción X, 167, 168 fracción I
y VII y 169 de la Ley General de Salud; 3 y 12 fracción I inciso a) de la Ley de Asistencia Socia l; 3 y 45 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 2 y 3 de la Ley para la Coordinación y Control de
Organismos Auxiliares del Estado de México; 2, 3, 5 fracciones III, IV, XI y XIII; 6 fracciones I, III y V, 7 fracción XI, 8,
9, 10 fracciones II y XV, 14, 15, 16, 17, 18 fracciones XX y XXII, 20 fracciones I y III, 21 fracciones I y III, 22 fracciones
IV, V, X y XVI, 26 fracciones II, III, V, XIX, XXIV y XXVI de la Ley de Asistencia Social del Estado de México y
Municipios; 3, 6 fracciones I y II, 7, 8, 11 fracciones I y IV, y 12 fracciones I, II, III, IV, XIX y XXIII y 18 fracciones IX, X
y XVI del Reglamento Interior del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México; artículo 33
de la Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México; Norma Oficial
Mexicana NOM-004-SSA3-2012, del expediente clínico; y los apartados I PRESENTACIÓN primer párrafo, III
JUSTIFICACIÓN y IV INTEGRACIÓN del Manual de Operación de la Normateca Interna del Sistema para el
Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México, vigentes; y
CONSIDERANDO
Que la política social del Gobierno del Estado de México tiene como propósito procurar una mejor calidad de vida a la
población mexiquense, cuya atención integral y desarrollo integral forman parte fundamental de la agenda pública
estatal.
Que el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México tiene como objetivo promover el
desarrollo integral de la familia, a través de la instrumentación de programas y acciones encaminadas a incrementar
los niveles de bienestar de las comunidades vulnerables, de niñas, niños y adolescentes en estado de abandono o
vulnerabilidad, mujeres, personas adultas mayores y personas con discapacidad.
Que la Acción de Asistencia Social Coordinación del servicio de jornadas en unidades móviles rosas, tiene como fin
apoyar a la población en condición de vulnerabilidad con la prevención y detección oportuna del cáncer mamario y
cérvico-uterino, en el territorio del Estado de México.
Que, en la Octogésima Novena sesión Ordinaria de la Junta de Gobierno del Sistema para el Desarrollo Integral de la
Familia del Estado de México, se aprobó mediante acuerdo DIFEM-089-004-2022, la publicación de los presentes
Lineamientos.
Que la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria, con fundamento en la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de
México y sus Municipios, y su Reglamento, emitió el dictamen de fecha 8 de diciembre de 2022, por el cual se
autorizan los presentes Lineamientos.
Por lo anterior, se tiene a bien expedir el siguiente:
ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
DEL ESTADO DE MÉXICO, POR EL QUE SE EXPIDEN LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LA ACCIÓN
DE ASISTENCIA SOCIAL COORDINACIÓN DE SERVICIO DE JORNADAS EN UNIDADES MÓVILES ROSAS;
PARA QUEDAR COMO SIGUE:
LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LA ACCIÓN DE ASISTENCIA SOCIAL
COORDINACIÓN DE SERVICIO DE JORNADAS EN UNIDADES MÓVILES ROSAS
1. DEFINICIÓN DE LA ACCIÓN
Coordinar las jornadas de las unidades móviles rosas, con los Sistemas Municipales DIF, así como con instituciones
públicas y privadas, para la toma de citología cervical y realización de exploración mamaría, que permitan la
detección oportuna y referencia temprana, para recibir un tratamiento adecuado en unidades médicas de segundo
nivel, de cáncer mamario y cérvico uterino, en la población en condiciones de vulnerabilidad del Estado de México.

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