Acuerdo E/JGA/12/2023 por el que se da a conocer el Manual de Remuneraciones para las Personas Servidoras Públicas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa para el ejercicio fiscal 2023.

Fecha de entrada en vigor28 Febrero 2023
EmisorTRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
Fecha de publicación27 Febrero 2023
SecciónUNICA. Organismos Autonomos
ACUERDO E/JGA/12/2023 por el que se da a conocer el Manual de Remuneraciones para las Personas Servidoras Públicas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa para el ejercicio fiscal 2023
ACUERDO E/JGA/12/2023 por el que se da a conocer el Manual de Remuneraciones para las Personas Servidoras Públicas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa para el ejercicio fiscal 2023. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.
ACUERDO E/JGA/12/2023
MANUAL DE REMUNERACIONES PARA LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023
La Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con fundamento en los artículos 73 fracción XXIX-H y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Tercero Transitorio del DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de combate a la corrupción, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2015; 1, 21 y 23, fracciones II, IX, XIV, XXVI y XXXIX de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; 4, 5, fracciones I, incisos b), c), d), e) y f), II, incisos c) y d) y 66 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 31, fracción I y 32 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1 y 24 de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, y 21 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023, y
CONSIDERANDO
Primero. Que de conformidad con el artículo 73, fracción XXIX-H de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos, relacionado con el artículo 1 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de JusticiaAdministrativa, el Tribunal es un órgano jurisdiccional con autonomía para emitir sus fallos y con jurisdicción plena; y el presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para este Tribunal, se ejercerá con autonomía y conforme a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y las disposiciones legales aplicables, bajo los principios de legalidad, certeza, independencia, honestidad, responsabilidad, transparencia, eficacia, austeridad y racionalidad, así como que su administración será eficiente para lograr la eficacia de la justicia administrativa bajo el principio de rendición de cuentas y se sujetará a diversas reglas como lo son: ejercer directamente su presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados sin sujetarse a las disposiciones emitidas por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública; autorizar las adecuaciones presupuestarias sin requerir la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, siempre y cuando no rebase su techo global aprobado por la Cámara de Diputados; determinar los ajustes que correspondan a su presupuesto en caso de disminución de ingresos durante el ejercicio fiscal, y realizar los pagos, llevar la contabilidad y elaborar sus informes, a través de su propia tesorería;
Segundo. Que el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los servidores públicos recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades.
Tercero. Que conforme a los párrafos cuarto y quinto del artículo 4 de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria, el Tribunal, dentro del margen de la autonomía presupuestal que le otorga su Ley Orgánica, contará con una unidad de administración encargada de planear, programar, presupuestar, establecer las medidas para la administración interna, controlar y evaluar las actividades del Tribunal respecto del gasto público.
Cuarto. Que el artículo 5, fracción I, inciso b), de la Ley Federal de Presupuesto y ResponsabilidadHacendaria señala que la autonomía presupuestaria otorgada a los ejecutores de gasto a través de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como es el caso del Tribunal, comprende la atribución de ejercer su presupuesto observando lo dispuesto en la Ley, sin sujetarse a las disposiciones generales emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Función Pública. Dicho ejercicio deberá realizarse con base en los principios de eficiencia, eficacia y transparencia y estarán sujetos a la normatividad, la evaluación y el control de los órganos correspondientes;
Quinto. Que en términos de lo establecido por el artículo 66 de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria, se desprende que el Tribunal deberá emitir su manual de remuneraciones, el cual incluirá el tabulador de percepciones y las reglas correspondientes para su aplicación.
Sexto. Que el 19 de mayo de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, cuyo artículo 1 señala que, en los poderes Legislativo y Judicial y en los entes autónomos, sus respectivos órganos o unidades competentes establecerán las disposiciones generales correspondientes para el cumplimiento de la Ley. Asimismo, el artículo 24 señala que el manual de remuneraciones de los servidores públicos que emiten, entre otros, los entes autónomos, se apegarán estrictamente a lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
Séptimo. Que el pasado 28 de noviembre de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2023, cuyo artículo 21 establece que a más tardar el último día hábil de febrero del presente año se deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación el Manual que regule las remuneraciones de las personas servidoras públicas de este órgano jurisdiccional.
Octavo. Que el artículo 21 de la Ley Orgánica establece que la Junta de Gobierno y Administración, es el órgano del Tribunal que tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, contando con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones.
Noveno. Que de conformidad con el artículo 23 fracciones II, XIV y XXVI de la Ley Orgánica del TribunalFederal de Justicia Administrativa corresponde a la Junta de Gobierno y Administración expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, acordar la distribución de los recursos presupuestales conforme a la ley y el presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados, dictar las órdenes relacionadas con su ejercicio en los términos de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria y supervisar su legal y adecuada aplicación; así como dirigir la buena marcha del Tribunal dictando las medidas necesarias para el despacho pronto y expedito de los asuntos administrativos del Tribunal y aplicar las sanciones que correspondan.
Décimo. Que de conformidad con el artículo 28, apartado B fracción I, del Reglamento Interior del Tribunal, la Junta de Gobierno y Administración es el órgano del Tribunal que tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, entendiéndose por administración la actividad para la correcta y adecuada planeación, organización, operación y control de las áreas del Tribunal que correspondan a sus competencias. Contará con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones.
Décimo Primero. Que el artículo 29 del Reglamento Interior del Tribunal establece que los acuerdos que apruebe y emita la Junta de Gobierno y Administración son instrumentos normativos de carácter obligatorio y de observancia general en el Tribunal.
En consecuencia, la Junta de Gobierno y Administración emite el siguiente:
MANUAL DE REMUNERACIONES PARA LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL TRIBUNAL
FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023
Objeto.
Artículo 1.- El presente ordenamiento tiene por objeto establecer las disposiciones generales para regular el otorgamiento de las remuneraciones de las personas servidoras públicas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Definiciones.
Artículo 2.- Las definiciones previstas en el artículo 2 de la Ley Federal dePresupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como las que se encuentran en los artículos 2 y 31 de su Reglamento, serán aplicables para este manual. Adicionalmente, para efectos de este ordenamiento se entenderá por:
I. Analítico de Plazas: Agrupación de plazas jerarquizadas...

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