Acuerdo que instruye a la Dirección del Archivo General de Notarías para que proceda a recoger el protocolo que estuvo a cargo del licenciado Héctor César Jiménez Arreola como notario de la Notaría Pública número 2 de la demarcación notarial de Cadereyta de Montes, para efectos de su depósito y guarda definitiva.

Fecha de disposición21 Octubre 2022
Fecha de publicación21 Octubre 2022
Número de Gaceta73
Pág. 24336 PERIÓDICO OFICIAL 21 de octubre de 2022
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE GOBIERNO
MARÍA GUADALUPE MURGUÍA GUTIÉRREZ, Secretaria de Gobierno del Poder Ejecutivo del Estado de
Querétaro, de conformidad en lo dispuesto en los artículos 19 fracción I, 21 fracciones XXXIV, XXXVIII y LVIII de la
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro; 6 fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de
Gobierno del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro; 3 y 125 fracción VII, VIII, IX, XI y XXIV de la Ley Registral del
Estado de Querétaro, y 7, 63, 75 y demás aplicables de la Ley del Notariado del Estado de Querétaro, Décimo y Décimo
Primero transitorios de la Ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones en materia de gobierno digital y el
ejercicio de funciones públicas, y el Acuerdo publicado el 05 de agosto de 2022 en el Periódico Oficial del Gobierno del
Estado de Querétaro, “La Sombra de Arteaga”, por el que se nombra al licenciado Héctor César Jiménez Arreola, como
titular de la Notaría Pública número 62, de la demarcación notarial de Querétaro, y
CONSIDERANDO
1. El 21 de mayo de 2022 entró en vigor la Ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones en materia de
gobierno digital y el ejercicio de funciones públicas, incluidos varios preceptos normativos de la Ley del Notariado del
Estado de Querétaro.
2. La reforma a la Ley del Notariado introdujo la figura de asociación, amplió la de suplencia y contempló un notario por
notaría, lo que implicó que se individualizaran los números de notaría. Para dar certidumbre jurídica a los ciudadanos,
el legislador determinó que aquellos notarios a los que se les asignara nuevo número de notaría entregarían el protocolo
del que estaban a cargo al notario que conservó el número de notaría, pero estarían obligados a concluir los trámites
pasados ante su fe.
3. Por acuerdo publicado el 8 de julio de 2022 en el Periódico Oficial del Gobierno, “La Sombra de Arteaga”, el
Gobernador del Estado asignó los nuevos números de notarías, correspondiéndole el número 4 de la demarcación
notarial de Cadereyta de Montes al Licenciado Héctor César Jiménez Arreola, quedando entonces obligado a concluir
todos los trámites que pasaron ante su fe como notario de la Notaría Pública número 2 de la misma demarcación
notarial.
4. El 2 de agosto de 2022, en el Periódico Oficial del Gobierno, “La Sombra de Arteaga”, se publicó la declaratoria de
vacancia de la Notaría Pública número 62 de la demarcación notarial de Querétaro. El día 5 del mismo mes y año, en
el referido periódico oficial, se dejó sin efectos el nombramiento del licenciado Héctor César Jiménez Arreola como
notario titular de la Notaría 4 de la demarcación notarial de Cadereyta, y se le nombró notario de la Notaria Pública
número 62 de la demarcación notarial de Querétaro.
5. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley del Notariado del Estado de Querétaro, el licenciado Héctor
César Jiménez Arreola se encuentra imposibilitado para autorizar los instrumentos notariales pendientes de concluir
que pasaron ante su fe como notario de la Notaría Pública número 2 de la demarcación notarial de Cadereyta de
Montes, al estar adscrito a otra demarcación notarial, por lo que es necesario dar continuidad a los trámites pendientes
y, a su vez, proporcionar certeza jurídica a los ciudadanos.
Por lo expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
Primero. Se instruye a la Dirección del Archivo General de Notarías para que proceda a recoger el protocolo del que
estuvo a cargo el licenciado Héctor César Jiménez Arreola como notario de la Notaría Pública número 2 de la
demarcación notarial de Cadereyta de Montes, para efectos de su depósito y guarda definitiva en el Archivo General
de Notarías, y realice las autorizaciones de los instrumentos notariales que quedaron pendientes de concluir en el citado
protocolo en términos de lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley del Notariado.
Segundo. El licenciado Héctor César Jiménez Arreola deberá realizar las gestiones y trámites administrativos
necesarios para que dichos instrumentos puedan concluirse, y expensar todos los pagos de impuestos y derechos
correspondientes, así como los gastos de cada encuadernación y de la revisión de la exactitud del cierre de la
autorización de los tomos del protocolo en cuestión. En caso de ser omiso, no se aprobarán nuevos folios al notario.

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