Acuerdo INE/JGE24/2023. Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral por el cual se aprueba el cambio de adscripción, por necesidades del servicio, de una persona titular de Vocalía Ejecutiva en Junta Local Ejecutiva del Sistema del Instituto Nacional Electoral.

Fecha de publicación14 Febrero 2023
Fecha14 Febrero 2023
Número de registroINE/JGE24/2023
Número de GacetaNo. 66
SecciónSesión Ordinaria
Ciudad de México, 3 de febrero de 2023.
DICTAMEN RELATIVO A LA PROCEDENCIA DEL CAMBIO DE ADSCRIPCIÓN
POR NECESIDADES DEL SERVICIO DE LUIS ZAMORA COBIÁN, VOCAL
EJECUTIVO DE LA JUNTA LOCAL EJECUTIVA DEL ESTADO DE COLIMA, AL
MISMO CARGO EN LA JUNTA LOCAL EJECUTIVA DEL ESTADO DE JALISCO.
VISTO el contenido del oficio identificado con el numeral INE/SE/0111/2023, de
fecha 3 de febrero de 2023, suscrito por el licenciado Edmundo Jacobo Molina,
Secretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (Instituto), mediante el cual
instruye a la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional
(DESPEN) llevar a cabo el análisis y, en su caso, elaborar el Dictamen de
procedencia del cambio de adscripción por necesidades del Servicio de Luis Zamora
Cobián, Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva del estado de Colima, al mismo
cargo en la Junta Local Ejecutiva del estado de Jalisco, se emite el siguiente:
DICTAMEN
I. FUNDAMENTO JURÍDICO APLICABLE AL CAMBIO DE ADSCRIPCIÓN DE MIEMBROS DEL
SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL NACIONAL.
De conformidad con los artículos 41, párrafo tercero, Base V, Apartado A, párrafos
primero y segundo, Apartado D de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 57, numeral 1, incisos b) y d); 201, numeral 1; 203, numeral 1, inciso f);
y 205, numerales 1 y 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos
Electorales (Ley); 25, fracción VI; 26, fracciones I, II y VI; 71, fracción VII, 168; 169,
fracción III; 187, fracción I; 188, primer párrafo; 231, párrafos primero, tercero y
cuarto, inciso a); 232; 233; y 234, fracciones I y II del Estatuto del Servicio
Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa (Estatuto);
1; 7, fracción I, letra b; 13, fracción III; 15, fracción III; 17; 18; 21; 25; 50; 51 y 52 de
los Lineamientos para Cambios de Adscripción y Rotación del Personal del Servicio
Profesional Electoral Nacional del sistema del Instituto Nacional Electoral
(Lineamientos); el Instituto, a través de la Junta General Ejecutiva (Junta), cuenta
con la facultad de determinar el cambio de adscripción del personal del Servicio,
cuando por necesidades del Servicio se requiera, con base en el Dictamen que para
tal efecto emita la DESPEN sobre la procedencia de la solicitud.
II. ANTECEDENTES
a. El 8 de julio de 2020, el Consejo General aprobó el acuerdo INE/CG162/2020
por el que se aprobó la reforma al Estatuto, a propuesta de la Junta, el cual
fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de julio de 2020, y
entró en vigor al día siguiente de su publicación.

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