Acuerdo INE/CIGYND/002/2023. Acuerdo de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación, por el cual se aprueba el Protocolo Modelo para los Organismos Públicos Locales Electorales para la Atención de Primer Contacto a Víctimas y la Identificación de Factores de Riesgo en los Casos de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.

Fecha de publicación09 Septiembre 2023
Número de registroINE/CIGYND/002/2023
Número de GacetaNo. 73
SecciónComisión de Igualdad de Género y No Discriminación
COMISIÓN DE IGUALDAD DE GÉNERO Y NO DISCRIMINACIÓN
ACUERDO INE/CIGYND/002/2023
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ACUERDO DE LA COMISIÓN DE IGUALDAD DE GÉNERO Y NO DISCRIMINACIÓN, POR
EL CUAL SE APRUEBA EL PROTOCOLO MODELO PARA LOS ORGANISMOS PÚBLICOS
LOCALES ELECTORALES PARA LA ATENCIÓN DE PRIMER CONTACTO A VÍCTIMAS Y
LA IDENTIFICACIÓN DE FACTORES DE RIESGO EN LOS CASOS DE VIOLENCIA
POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES EN RAZÓN DE GÉNERO
INDICE
I. GLOSARIO DE TÉRMINOS Y ABREVIATURAS ........................................................... 1
II. PRESENTACIÓN ............................................................................................................ 8
III. MARCO NORMATIVO .................................................................................................. 11
IV. PRINCIPIO Y ENFOQUES ............................................................................................ 12
PARA LA ATENCIÓN DE LAS MUJERES: ................................................................................................................ 12
PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN: .............................................................................. 14
V. OBJETIVOS .................................................................................................................. 15
OBJETIVO GENERAL ............................................................................................................................................. 15
OBJETIVOS ESPECÍFICOS ...................................................................................................................................... 15
VI. PROCEDIMIENTOS ...................................................................................................... 16
1. CONSIDERACIONES GENERALES .................................................................................................................... 16
2. ATENCIÓN DE PRIMER CONTACTO A VÍCTIMAS ........................................................................................... 19
3. PRIMEROS AUXILIOS PSICOLÓGICOS............................................................................................................. 23
4. IDENTIFICACIÓN DE RIESGO ............................................................................................................................ 23
5. MEDIDAS DE PROTECCIÓN .............................................................................................................................. 33
TIPOS DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN: .................................................................................................35
SEGUIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN .........................................................................36
6. PLAN DE SEGURIDAD ....................................................................................................................................... 37
VII. SENSIBILIZACIÓN Y CAPACITACIÓN ........................................................................ 41
VIII. ACCIONES DE AUTOCUIDADO DIRIGIDAS AL PERSONAL QUE PROPORCIONE
LA ATENCIÓN ........................................................................................................................ 42
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IX. FUENTES CONSULTADAS .......................................................................................... 43
ANEXOS ................................................................................................................................. 46
CARTA DE DERECHOS DE LA VÍCTIMA ................................................................................................................. 46
CÉDULA PARA LA CANALIZACIÓN ........................................................................................................................ 48
PLAN DE SEGURIDAD ........................................................................................................................................... 49
RECOMENDACIONES PARA LA ATENCIÓN DE PRIMER CONTACTO A VÍCTIMAS POR VIOLENCIA POLÍTICA
CONTRA LAS MUJERES EN RAZÓN DE GÉNERO ................................................................................................... 54
EJEMPLO DE FORMATO DE DENUNCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES EN RAZÓN
DE GÉNERO .......................................................................................................................................................... 57
I. GLOSARIO DE TÉRMINOS Y ABREVIATURAS
Para efectos del presente Protocolo modelo se entenderá por:
AJUSTES RAZONABLES. - Las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas en la
infraestructura y los servicios, que al realizarlas no impongan una carga desproporcionada o
afecten derechos de terceros, que se aplican cuando se requieran en un caso particular, para
garantizar que las personas gocen o ejerzan sus derechos en igualdad de condiciones con las
demás.
1
ATENCIÓN DE PRIMER CONTACTO A VÍCTIMAS. - Es una técnica dirigida a mujeres que
acuden a presentar una queja o denuncia, a través de alguna de las formas de contacto
(presencial, telefónica o por cualquier medio digital), tomando en cuenta las expectativas de
quien presenta la denuncia y las competencias de la institución para encontrar opciones o
respuestas a sus diversas problemáticas o situaciones relacionadas con la VPMRG.
Es un servicio de atención inmediata que no implica que se entable alguna otra intervención
subsecuente porque atienden necesidades inmediatas de las mujeres que viven VPMRG.
CANALIZACIÓN. - Es el procedimiento utilizado para canalizar al paciente de una unidad
operativa a otra de mayor capacidad resolutiva, con el fin de que reciba atención especializada.
DELITO. - Acción u omisión que sancionan las leyes penales.
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DERECHOS POLÍTICOS Y ELECTORALES. - Se refiere a los derechos establecidos en el
artículo 35 constitucional para la ciudadanía, los cuales incluyen entre otros: votar en elecciones
populares, consultas populares y participar en los procesos de revocación de mandato; ser
votada en condiciones de paridad para todos los cargos de elección popular, teniendo las
calidades que establezca la ley; asociarse individual y libremente para tomar parte en forma
pacífica en los asuntos políticos del país.
DISCAPACIDAD. - Es la consecuencia de la presencia de una deficiencia o limitación en una
persona, que al interactuar con las barreras que le impone el entorno social, pueda impedir su
inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás personas.
3
ECOFEMINISTA. - Se refiere al modelo ecofeminista, el cual es un marco teórico propuesto
por Lori L. Heise en 1994
4
para explicar la violencia contra las mujeres en el que se entiende a
la violencia como un fenómeno polifacético que se basa en la interacción entre los factores
personales, situacionales y socioculturales, anclados en la cultura patriarcal que pueden actuar
como determinantes del problema. Propone una visión holística que requiere abordaje
interdisciplinario e intersectorial de los factores de riesgo relacionados con la violencia física,
psicológica, sexual, simbólica, patrimonial y económica. Se resalta, que los problemas de
violencia basadas en el género también son vulneraciones de derechos humanos que están
impactadas por los contextos culturales.
Se proponen los determinantes de la violencia contra las mujeres distribuidos en cuatro niveles
de la ecología social: 1) historial personal, 2) microsistema, 3) exosistema 4) macrosistema.
FACTORES DE RIESGO. - Son elementos y/o situaciones que provocan efectos nocivos en la
conducta de una persona aumentando la probabilidad para cometer delitos o conductas de
violencia (cogniciones, actitudes, estilo de vida, relaciones sociales y familiares).
5
INE. - Instituto Nacional Electoral.
INTERCULTURALIDAD. - Presencia e interacción equitativa de diversas culturas y la
posibilidad de generar expresiones culturales compartidas, a través del diálogo y del respeto
mutuo.
6
3
4
Heise, Lori, Violencia contra la mujer. La carga oculta de la salud, Programa Mujer, Salud y Desarrollo-
Organización Panamericana de la Salud, Washington, 1994.
5
Manual Prevención de la Violencia de Género en Diversos Contextos, Secretaría de Seguridad Pública,
Subsecretaría de Prevención y Participación Ciudadana, Dirección General de Prevención del Delito y Participación
Ciudadana, agosto 2012, pág. 39.
6
Convención sobre la Protección y la Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, artículo 4, numeral
8, consultable en: https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000142919_spa

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