Acuerdo INE/CG61/2020. Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba la modificación del “Modelo de operación para la credencialización en el extranjero”, aprobado en el diverso INE/CG1065/2015.

Fecha de publicación06 Febrero 2020
Fecha21 Febrero 2020
Número de registroINE/CG61/2020
Año2020
Número de GacetaNo. 30
SecciónSesión Ordinaria
Instituto Nacional Electoral
CONSEJO GENERAL
INE/CG61/2020
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL
ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL "MODELO
DE OPERACIÓN PARA LA CREDENCIALIZACIÓN EN EL EXTRANJERO",
APROBADO EN EL DIVERSO INE/CG1065/2015
CNV
CPVE
CRFE
DERFE
INE
JGE
LGIPE
LNERE
MOCE
OPL
RIINE
Solicitud
Individual
SPECRE
SRE
TEPJF
VMRE
GLOSARIO
Comisión Nacional de Vigilancia.
Credencial para Votar desde el Extranjero.
Comisión del Registro Federal de Electores.
Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores.
Instituto Nacional Electoral.
Junta General Ejecutiva.
Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero.
Modelo de Operación para la Credencialización en el Extranjero.
Organismo Público Local.
Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral.
Solicitud Individual de Inscripción o Actualización al Registro Federal
de Electores desde el Extranjero.
Sección del Padrón Electoral de las Ciudadanas y los Ciudadanos
Residentes en el Extranjero.
Secretaría de Relaciones Exteriores.
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Voto de las Mexicanas y los Mexicanos Residentes en el Extranjero.
ANTECEDENTES
1. Aprobación del MOCE. El 16 de diciembre de 2015, mediante el Acuerdo
INE/CG1065/2015, este Consejo General aprobó el MOCE.
Instituto Nacional Electoral
CONSEJO GENERAL
2. Convenio lnterinstitucional en materia de la CPVE. El 17 de diciembre de
2015, el INE y la SRE firmaron el Convenio Específico en materia del trámite
de la Credencial para Votar por conducto de las representaciones de México
en el exterior.
3. Inicio de la credencialización en el extranjero. El 8 de febrero de 2016, dio
inicio la captación de trámites en los consulados de la SRE para que la
ciudadanía mexicana residente en el extranjero solicite la CPVE.
4. Aprobación de los mecanismos para entrega y activación de la CPVE. El
17 de marzo de 2016, la JGE aprobó, mediante Acuerdo INE/JGE63/2016, los
mecanismos para la entrega y activación de la CPVE.
5. Resolución de la Sala Superior del TEPJF. El 13 de abril de 2016, la Sala
Superior del TEPJF resolvió el Recurso de Apelación SUP-RAP-18/2016,
mediante el cual confirmó el Acuerdo INE/CG1065/2015 del Consejo General,
referente a la aprobación del MOCE.
6. Aprobación de los criterios para el procesamiento de los trámites de
credencialización en el extranjero. El 29 de noviembre de 2017, la CNV
recomendó a la DERFE, mediante Acuerdo 5-EXT/14: 29/11/2017, aplique los
"Criterios para el procesamiento de los trámites de credencialización en el
extranjero", relativos al MOCE.
7. Nuevo modelo de la CPVE. El 19 de diciembre de 2018, este Consejo
General aprobó, mediante Acuerdo I NE/CG 1499/2018, la actualización del
modelo de la Credencial para Votar en territorio nacional y de la CPVE.
8. Recomendación de la CNV. El 11 de noviembre de 2019, la CNV recomendó
a este Consejo General, mediante Acuerdo INE/CNV28/NOV/2019, modificar
el MOCE, que fue aprobado en el diverso INE/CG1065/2015.
9. Uso, funcionalidad y verificación de la información contenida en los
códigos QR de la Credencial para Votar. El 20 de noviembre de 2019, este
Consejo General aprobó, mediante Acuerdo INE/CG539/2019, el uso,
funcionalidad y verificación de la información contenida en los códigos
bidimensionales QR de alta densidad para el almacenamiento y acceso rápido
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Instituto Nacional Electoral
CONSEJO GENERAL
que forman parte de los elementos del modelo de la Credencial para Votar en
territorio nacional y de la CPVE.
1 O. Presentación del Proyecto de Acuerdo en la CRFE. El 12 de febrero de
2020, en su primera sesión extraordinaria, la CRFE aprobó someter a la
consideración de este órgano superior de dirección, mediante Acuerdo
INE/CRFE03/01 SE/2020, el Proyecto de Acuerdo del Consejo General del INE
por el que se aprueba la modificación del MOCE, aprobado en el diverso
INE/CG1065/2015.
CONSIDERANDOS
PRIMERO. Competencia.
Este Consejo General es competente para aprobar la modificación del MOCE,
aprobado mediante el Acuerdo INE/CG1065/2015, conforme a los artículos 41,
párrafo tercero, Base V, apartado A, párrafos primero y segundo y apartado B,
inciso a), numerales 3 y 5 de la CPEUM; 34, párrafo 1, inciso a); 35; 44, párrafo
1, incisos 1), ñ), gg) y jj) de la LGIPE; 4, párrafo 1, fracción I, apartado A, inciso
a); 24 del Reglamento de Sesiones del Consejo General del INE.
SEGUNDO. Disposiciones normativas que sustentan la determinación.
Acorde a lo establecido en el artículo , párrafo primero de la CPEUM, todas
las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la propia Carta
Magna y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea
parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá
restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que la
misma establece.
En términos del párrafo segundo de la disposición aludida, las normas relativas
a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la CPEUM y con
los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las
personas la protección más amplia.
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