Acuerdo INE/CG567/2017. Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se modifica el diverso INE/CG17/2017, sobre el Comité Técnico Asesor del Programa de Resultados Electorales Preliminares del Proceso Electoral Federal 2017-2018 y para los procesos electorales en donde el Instituto Nacional Electoral sea el responsable de esta función.

Fecha de publicación09 Noviembre 2017
Fecha22 Noviembre 2017
Número de registroINE/CG567/2017
Número de GacetaNo 3
SecciónSesión Ordinaria
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Instituto Nacional Electoral
CONSEJO GENERAL
INE/CG567/2017
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL
ELECTORAL, POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO INE/CG17/2017,
SOBRE EL COMITÉ TÉCNICO ASESOR DEL PROGRAMA DE RESULTADOS
ELECTORALES PRELIMINARES DEL PROCESO ELECTORAL FEDERAL
2017-2018 Y PARA LOS PROCESOS ELECTORALES EN DONDE EL
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL SEA EL RESPONSABLE DE ESTA
FUNCIÓN
ANTECEDENTES
1.
Aprobación del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional
Electoral.
El 7 de septiembre de 2016, el Consejo General del Instituto
Nacional Electoral aprobó mediante Acuerdo INE/CG661/2016, el
Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral del cual forma
parte integral el Anexo 13, relativo a los Lineamientos del Programa de
Resultados Electorales Preliminares, en lo sucesivo Lineamientos del
PREP.
2.
Creación del Comité Técnico Asesor del Programa de Resultados
Electorales Preliminares (COTAPREP).
El 26 de enero de 2017 mediante
Acuerdo INE/CG17/2017 el Consejo General del Instituto Nacional Electoral
determinó la creación del Comité Técnico Asesor del Programa de
Resultados Electorales Preliminares del Proceso Electoral Federal 2017-
2018 y para los procesos electorales en donde el Instituto Nacional
Electoral sea el responsable de esta función, conforme a la siguiente
integración:
1.
Mtra. Salma Leticia Jalife Villalón
2.
Dra. Rosa María Mirón Lince
3.
Dr. David Fernando Muñoz Negrón
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Instituto Nacional Electoral
CONSEJO GENERAL
4.
Dr. Rafael Pérez Pascual
5.
Dr. Gabriel Sánchez Pérez
3.
Instalación del COTAPREP y aprobación del plan de trabajo y
calendario de sesiones.
El 1 de febrero de 2017 tuvo verificativo la sesión
de instalación del COTAPREP en la que sus integrantes discutieron y
aprobaron el plan de trabajo y el calendario de sesiones ordinarias y
reuniones formales de trabajo con representantes del Poder Legislativo y
partidos políticos.
4.
Asesoría del COTAPREP en la implementación y operación de los
PREP.
Desde su creación, el COTAPREP ha brindado asesoría técnica al
Instituto Nacional Electoral, en lo sucesivo Instituto, en las labores de
implementación del PREP para el Proceso Electoral Federal 2017-2018, así
como para los PREP de los estados de Veracruz y Nayarit en el Proceso
Electoral 2016-2017.
5.
Modificaciones al Reglamento de Elecciones.
El 22 de noviembre de
2017 el Consejo General del Instituto, mediante Acuerdo INE/CG565/2017,
aprobó las modificaciones al Reglamento de Elecciones del Instituto
Nacional Electoral, en lo sucesivo Reglamento de Elecciones, entre las
cuales se aprobó ampliar el número máximo de integrantes del COTAPREP
que determine el Instituto, así como sus atribuciones y modificar los
requisitos que deberán cumplir los aspirantes.
6.
Valoración del cumplimiento de requisitos de los candidatos a
integrarse al COTAPREP.
El día 21 de noviembre de 2017, mediante oficio
INE/UNICOM/4450/2017, la Unidad Técnica de Servicios de Informática del
Instituto remitió a la Secretaría Ejecutiva la valoración sobre el cumplimiento
de requisitos de los candidatos a integrarse al COTAPREP del Proceso
Electoral Federal 2017-2018 y para los procesos electorales en donde el
Instituto Nacional Electoral sea el responsable de esta función.
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Instituto Nacional Electoral
CONSEJO GENERAL
CONSIDERANDOS
Primero. Competencia
Este Consejo General es competente para conocer del Proyecto de Acuerdo por el
que se modifica el diverso INE/CG17/2017, en lo referente al número de
integrantes y atribuciones del Comité Técnico Asesor del Programa de Resultados
Electorales Preliminares del Proceso Electoral Federal 2017-2018 y para los
procesos electorales en donde el Instituto sea el responsable de esta función;
conforme a lo previsto en los artículos 41, Base V, Apartado A, párrafos primero y
párrafo 1, incisos a) y f) y 2; 31, párrafo 1; 34, párrafo 1, inciso a); 35; 36, párrafo
1; 42, párrafo 10 y 44, párrafo 1, inciso jj) de la Ley General de Instituciones y
1,
Apartado A, inciso a) del
Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral, 1 y 336, párrafo 1 del
Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral.
Segundo. Contexto jurídico que sustenta la determinación
De conformidad con lo dispuesto por la Ley General de Instituciones y
Procedimientos Electorales, en lo sucesivo la Ley, en el artículo 32, párrafo 1,
inciso a), fracción V establece como atribución del Instituto, la de emitir las reglas,
Lineamientos, criterios y formatos en materia de resultados preliminares;
encuestas o sondeos de opinión; observación electoral; conteos rápidos; impresión
de documentos y producción de materiales electorales.
En términos de lo establecido por el artículo 42, párrafo 10 de la Ley, el Consejo
General, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal del Instituto, podrá crear
comités técnicos especiales para actividades o programas específicos, en que
requiera del auxilio o asesoría técnico-científica de especialistas en las materias
que así lo estime conveniente.
De acuerdo con el artículo 41, numeral 2, inciso p), del Reglamento Interior del
Instituto, para el cumplimiento que la Ley le confiere, corresponde al Secretario
Ejecutivo, coordinar el desarrollo de las actividades del PREP.
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