ACUERDO sobre inafectabilidad agrícola, relativo al predio rústico Sin Nombre, ubicado en el Municipio de Río Bravo, Tam. (Registrado con el número 3643).

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EmisorSecretaría de la Reforma Agraria

ACUERDO sobre inafectabilidad agrícola, relativo al predio rústico Sin Nombre, ubicado en el Municipio de Río Bravo, Tam. (Registrado con el número 3643). Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria. VISTO para resolver el expediente de Inafectabilidad Agrícola, relativo al predio rústico denominado "SIN NOMBRE", ubicado en el Municipio de Río Bravo, Estado de Tamaulipas, propiedad del C. Ramiro Galván Elizondo: y RESULTANDO PRIMERO.- Que el C. Ramiro Galván Elizondo en su carácter de propietario por escrito de fecha 15 de octubre de 1973, dirigido al entonces Jefe del Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización, hoy Secretario de la Reforma Agraria, por conducto de la Delegación del Ramo en la citada Entidad Federativa, solicitó la declaratoria de Inafectabilidad Agrícola y la expedición del certificado respectivo para el predio mencionado, el que tiene una superficie de 30-00-00 Has., de riego, dentro de las siguientes colindancias: al Norte predio de Antonio Hinojosa; al Sur, predio de Pedro Gómez; al Este, predio de María Cruz Fonseca de Arrona y al Oeste, predio de Graciela Treviño de Tobías. RESULTANDO SEGUNDO.- Que el promovente acreditó su derecho de propiedad sobre el inmueble de referencia, mediante copias certificadas de dos Escrituras Privadas, la primera de fecha 30 de marzo de 1962, celebrada en la ciudad Río Bravo, Tam., protocolizada ante el Lic. Mariano de la Fuente S., Notario Público No. 67, con ejercicio en la ciudad de Reynosa, Tam., en la misma fecha de su otorgamiento; inscrita bajo el No. 12424, Legajo 250, Sección I del Registro Público de la Propiedad del Municipio de Río Bravo, Tam., el 5 de abril de 1962, protocolizada ante el Lic. Mariano de la Fuente S., Notario Público No. 67, con ejercicio en la ciudad de Reynosa, Tam., el 30 de enero de 1962; inscrita bajo el No. 12092, Legajo 243, Sección I del Registro Público de la Propiedad del Municipio de Río Bravo, Tam., el 27 de marzo de 1962; y acompañó los planos de Ley. CONSIDERANDO PRIMERO.- Que la Dirección General de Inafectabilidad Agrícola, Ganadera y Agropecuaria y el Cuerpo Consultivo Agrario, realizados los estudios correspondientes y con base en la opinión reglamentaria emitida por la Delegación Agraria, con fecha 26 de marzo de 1974, llegaron a la conclusión de que el predio referido por sus características, constituye una auténtica pequeña propiedad agrícola en explotación...

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