ACUERDO IEE/CG/A045/2021 QUE EMITE EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMA RELATIVO A LA DETERMINACIÓN DE LOS TOPES DE GASTOS DE CAMPAÑA DE LAS ELECCIONES A LA GUBERNATURA DEL ESTADO, DIPUTACIONES LOCALES Y AYUNTAMIENTOS DE LA ENTIDAD PARA EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2020-2021.

Fecha de disposición06 Marzo 2021
Fecha de publicación06 Marzo 2021
Número de Gaceta21
SecciónAnexos
Colima
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE COLIMA
JOSÉ IGNACIO PERALTA
SÁNCHEZ
SECRETARIO GENERAL DE
GOBIERNO Y DIRECTOR DEL
PERIÓDICO OFICIAL
RUBÉN PÉREZ ANGUIANO
"2021, año de Griselda Álvarez Ponce de
León"
Las leyes, decretos y demás
disposiciones obligan y surten sus efectos
desde el día de su publicación en este
Periódico, salvo que las mismas
dispongan otra cosa.
www.periodicooficial.col.gob.mx
EL ESTADO DE COLIMA
PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
NÚM
21
SUPLEMENTO
NÚM. 6
EDICIÓN ORDINARIA
SÁBADO, 6 DE MARZO DE 2021
TOMO CVI
COLIMA, COLIMA 34 págs.
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMA
ACUERDO IEE/CG/A045/2021 QUE EMITE EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE
COLIMA RELATIVO A LA DETERMINACIÓN DE LOS TOPES DE GASTOS DE CAMPAÑA DE LAS ELECCIONES A LA
GUBERNATURA DEL ESTADO, DIPUTACIONES LOCALES Y AYUNTAMIENTOS DE LA ENTIDAD PARA EL
PROCESO ELECTORAL LOCAL 2020-2021. Pág. 3
ACUERDO IEE/CG/A46/2021 QUE EMITE EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE
COLIMA, RELATIVO AL DESAHOGO DE LA CONSULTA QUE POR ESCRITO Y CON FUNDAMENTO EN EL
ARTÍCULO 114, FRACCIÓN X, DEL CÓDIGO ELECTORAL DEL ESTADO, FORMULÓ EL PARTIDO MOVIMIENTO
CIUDADANO. Pág. 11
ACUERDO IEE/CG/A047/2021 QUE EMITE EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE
COLIMA, RELATIVO AL DESAHOGO DE LA CONSULTA QUE POR ESCRITO Y CON FUNDAMENTO EN EL
ARTÍCULO 114, FRACCIÓN X, DEL CÓDIGO ELECTORAL DEL ESTADO, FORMULÓ EL PARTIDO MORENA. Pág. 24
EL ESTADO DE COLIMA
www.periodicooficial.col.gob.mx
SUMARIO
- 2 - EL ESTADO DE COLIMA
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO
ACUERDO
IEE/CG/A045/2021 QUE EMITE EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE
COLIMA RELATIVO A LA DETERMINACIÓN DE LOS TOPES DE GASTOS DE CAMPAÑA DE LAS ELECCIONES
A LA GUBERNATURA DEL ESTADO, DIPUTACIONES LOCALES Y AYUNTAMIENTOS DE LA ENTIDAD PARA
EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2020-2021.
IEE/CG/A045/2021
ACUERDO QUE EMITE EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMA RELATIVO
A LA DETERMINACIÓN DE LOS TOPES DE GASTOS DE CAMPAÑA DE LAS ELECCIONES A LA GUBERNATURA
DEL ESTADO, DIPUTACIONES LOCALES Y AYUNTAMIENTOS DE LA ENTIDAD PARA EL PROCESO ELECTORAL
LOCAL 2020-2021.
A N T E C E D E N T E S:
I. El día 30 de septiembre de 2020, el Órgano Superior de Dirección de este Instituto aprobó el Acuerdo
IEE/CG/A066/2020, referente a la determinación del financiamiento correspondiente a los partidos públicos para las
campañas del Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021, de conformidad con lo dispuesto por la fracción VIII del artículo
64 del Código en la materia.
II. Mediante Acuerdo número IEE/CG/A068/2020 del Periodo Interproceso 2018-2020, de fecha 13 de octubre del año
2020, este Consejo General aprobó el Calendario Electoral de Actividades para el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-
2021, mismo en el que se determinó que los períodos para campañas electorales para las candidaturas a los cargos de:
Gubernatura del Estado, será del 05 de marzo al 02 de junio de 2021, y
Diputaciones locales e integrantes de Ayuntamientos, será del 05 de abril al 02 de junio de 2021.
III. Que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía dio a conocer el valor diario, mensual y anual de la Unidad de
Medida y Actualización, vigentes a partir del 01 de febrero de 2021; valores que fueron publicados en el Periódico Oficial
de la Federación el día 08 de enero de 2021.
IV. Este Consejo General con fecha 22 de enero de 2021, mediante Acuerdo número IEE/CG/A037/2021 aprobó la
redistribución del financiamiento público correspondiente a los partidos políticos para las campañas del Proceso Electoral
Local 2020-2021, de conformidad con lo dispuesto por la fracción VIII del artículo 64 del Código Electoral del Estado de
Colima, en virtud de la inscripción de registro ante este organismo electoral de los partidos políticos nacionales, Redes
Sociales Progresistas y Fuerza por México.
Con base en los antecedentes expuestos se emiten las siguientes
C O N S I D E R A C I O N E S:
1ª.- El artículo 116, párrafo segundo, fracción IV, inciso c), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
establece que los poderes públicos de las entidades federativas se organizarán conforme la Constitución de cada uno de
ellos, las que garantizarán en materia electoral que las autoridades que tengan a su cargo la organización de las elecciones
y las jurisdiccionales que resuelvan las controversias en la materia, gocen de autonomía en su funcionamiento e
independencia en sus decisiones.
2ª.- De conformidad con lo dispuesto en los numerales 10 y 11, del Apartado C, de la Base V, del artículo 41 de la Carta
Magna, refiere que en las entidades federativas, las elecciones estarán a cargo de organismos públicos locales en los
términos de la propia Constitución Federal, que ejercerán todas aquellas funciones no reservadas al Instituto Nacional
Electoral (INE) y las que determine la ley.
3ª.- De conformidad a lo expuesto en el numeral 2 del artículo 98, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos
Electorales (LGIPE), los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE) son autoridad en la materia electoral, en los
términos que establece la Constitución Federal, la propia LGIPE y las leyes locales correspondientes.
Conforme a lo señalado en los incisos a) y r), del artículo 104, de la LGIPE en cita, corresponde a los OPLE aplicar los
lineamientos que emita el INE y ejercer aquellas funciones no reservadas al mismo, que se establezcan en la legislación
local correspondiente.
EL ESTADO DE COLIMA - 3 -

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR