Acuerdo por el que se habilitan días para subsanar la realización de procedimientos de adjudicación y contratación para ejecutar obras públicas y servicios relacionados con la misma, por parte de la Dirección de Infraestructura del Gobierno Municipal de Ecatepec de Morelos, administración 2016-2018, a través de los procedimientos de licitación pública, invitación restringida y adjudicación directa

Página 2 20 de enero de 2017
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ECATEPEC DE MORELOS,
ESTADO DE MÉXICO
Licenciado Indalecio Ríos Velázquez, Presidente Municipal Constitucional de Ecatepec de Morelos, Estado de México, con
fundamento en lo previsto en los artículos 115 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112 y
116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 5 y 48 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de México; y
CONSIDERANDO
1.- Que en términos de lo previsto en el artículo 12.4 del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de
México, se considera obra pública y servicios relacionados con la misma, todo trabajo que tenga por objeto, construir,
instalar, ampliar, adecuar, remodelar, restaurar, conservar, mantener, modificar o demoler bienes inmuebles, propiedad del
Estado, de sus dependencias y entidades y de los municipios.
2.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 12.20 y 12.21 el Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del
Estado de México, se establecen los procedimientos de adjudicación a través de licitaciones públicas, mediante
convocatorias públicas, así como excepcionalmente a dicho procedimiento, a través de invitaciones restringidas o
adjudicaciones directas.
3.- Conforme al calendario Oficial del Gobierno del Estado de México para el año 2016, publicado en el periódico oficial
“Gaceta del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México”, número 102 de fecha 24 de noviembre de 2015, señala que
a partir del día 22 de diciembre de 2016 al 04 de enero de 2017, son días que forman parte del segundo periodo vacacional,
por ende, estos días son inhábiles, en los cuales no se podrán realizar promociones y actuaciones, salvo que las
autoridades administrativas ejerciten su facultad para habilitarlos, por lo que en términos de lo establecido en el artículo 13
del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, es necesario habilitar los días inhábiles,
correspondientes al segundo periodo vacacional 2016.
Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en las disposiciones legales invocadas se emite el siguiente:
A C U E R D O
ACUERDO POR EL QUE SE HABILITAN DÍAS PARA SUBSANAR LA REALIZACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE
ADJUDICACIÓN Y CONTRATACIÓN PARA EJECUTAR OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA
MISMA, POR PARTE DE LA DIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE ECATEPEC DE
MORELOS, ADMINISTRACIÓN 2016-2018, A TRAVÉS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE LICITACIÓN PÚBLICA,
INVITACION RESTRINGIDA Y ADJUDICACIÓN DIRECTA.
PRIMERO.- Se habilitan los días veintidós, veintitrés, veintiséis, veintisiete, veintiocho, veintinueve y treinta del mes de
diciembre del año dos mil dieciséis; así como los días dos, tres y cuatro del mes de enero del año dos mil diecisiete,
exclusivamente, para que el Comité Interno de Obra Pública, por conducto de la Dirección de Infraestructura del Gobierno
Municipal de Ecatepec de Morelos, administración 2016-2018, incluyendo sus unidades administrativas, y/o dependencias,
realicen los actos relacionados con el procedimiento de adjudicación en sus diversas modalidades, y contratación para la
obra pública y servicios relacionados con las mismas.
SEGUNDO.- Publíquese en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado.
TERCERO.- El presente acuerdo surtirá sus efectos al día siguiente a su publicación.
Ecatepec de Morelos, Estado de México, a los 16 días del mes de diciembre del año 2016.
A T E N T A M E N T E
LIC. INDALECIO RÍOS VELÁZQUEZ
PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
DE ECATEPEC DE MORELOS.
(RÚBRICA).

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