Acuerdo por el que se habilitan los días para realizar actos relacionados con la adquisición de bienes y contratación de servicios, que permita cumplir con lo programado por PROBOSQUE para el ejercicio 2023, a realizarse a través de los procedimientos administrativos establecidos en la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios y su reglamento.

Lunes 6 de marzo de 2023 Sección Primera Tomo: CCXV No. 41
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SECRETARÍA DEL CAMPO
Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo que dice: Probosque, Estado de México.
DRA. EN A. D. ALEJANDRA CONTRERAS MALVÁEZ, DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Y PRESIDENTA DEL
COMITÉ DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS DE LA PROTECTORA DE BOSQUES DEL ESTADO DE MÉXICO (PROBOSQUE), CON
FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS; 78 Y 129 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 3, 13, 19 FRACCIÓN X, 45,
47 Y 50 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 1 FRACCIÓN IV, 3 FRACCIÓN III, 4, 5,
22, 23, 25 Y 26 DE LA LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS; 3.17, 3.18 Y 3.19 DEL CÓDIGO
PARA LA BIODIVERSIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO; 1, 12 Y 13 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL
ESTADO DE MÉXICO; 43, 44 FRACCIÓN I, 45 FRACCIÓN IV, 46 FRACCIÓN I DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIÓN
PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS; ASÍ COMO, 11 FRACCIÓN III, 13 FRACCIÓN X Y 16 FRACCIONES I, II, XII Y XXI
DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA PROTECTORA DE BOSQUES DEL ESTADO DE MÉXICO (PROBOSQUE) Y APARTADO
225C0201030000L “DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS” FUNCIONES GUIÓN 4 DEL MANUAL GENERAL DE
ORGANIZACIÓN DE LA PROTECTORA DE BOSQUES DEL ESTADO MÉXICO.
CONSIDERANDO
Que el artículo 22 de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios, y 43 de su Reglamento, establece que se auxiliará
de un Comité con el objeto de sustanciar los procedimientos de adquisición de bienes y contratación de servicios, que sean requeridos y en
ese sentido el Comité debe convocar, sustanciar los procedimientos licitatorios, dictaminar y adjudicar los respectivos contratos.
Que el artículo 16 fracciones I, XI y XII del Reglamento Interno de la Protectora de Bosques del Estado de México (PROBOSQUE), refiere
que la Dirección de Administración y Finanzas, tiene las atribuciones de planear, organizar y controlar el suministro, administración y
aplicación de los recursos humanos, materiales, financieros y técnicos, así como los servicios generales necesarios para el funcionamiento
de las unidades administrativas de PROBOSQUE, en términos de la normatividad en la materia; participar en el Comité de Adquisiciones y
Servicios de PROBOSQUE, de conformidad con la normatividad aplicable y coordinar y ejecutar los procedimientos de adquisiciones y
servicios de PROBOSQUE, por tal motivo es facultad de su Directora de conformidad con los artículos 44 fracción I, 46 fracción I, del
Reglamento de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios, representar legalmente al Comité de Adquisiciones y
Servicios.
Que con la finalidad de llevar a cabo el cumplimiento de las metas de PROBOSQUE planteadas para el ejercicio 2023 e implementar
acciones para el mejoramiento de los procedimientos del Comité, así mismo con el propósito de que las diferentes unidades administrativas
de PROBOSQUE, cuenten con los bienes y servicios que requieren para el adecuado desempeño de sus funciones y no se afecten los
programas de las áreas usuarias, más aun que este Organismo tiene como objeto la protección, conservación, reforestación, fomento y
vigilancia de los recursos forestales en el Estado, mediante acciones de emergencia, como es el combate de incendios forestales, así como
de vigilancia forestal, producción de planta, entre otras, tendientes a garantizar un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar de las
y los mexiquenses, de conformidad al derecho humano establecido en el artículo 4°, párrafo quinto, de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, se requiere la habilitación de días inhábiles de los meses de febrero a diciembre del ejercicio fiscal 2023, los
cuales no son laborables y como lo disponen los artículos 12 y 13 del Código de Proced imientos Administrativos del Estado de México, las
promociones y actuaciones se efectuarán en días y horas hábiles, salvo que las autoridades administrativas facultadas los habiliten para tal
efecto.
Que con la finalidad de que la Dirección de Administración y Finanzas de PROBOSQUE, por conducto del Comité de Adquisiciones y
Servicios, lleve a cabo los diversos procesos relacionados con adquisición de bienes y la contratación de servicios, en las modalidades de
Licitación Pública, Invitación Restringida, Adjudicación Directa y Contrato Pedido, los cuales deben ser continuos para alcanzar los objetivos
programados para el ejercicio 2023, se hace necesario la habilitación de días no laborables de este período.
Por lo expuesto y con fundamento en las disposiciones mencionadas, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE HABILITAN LOS DÍAS PARA REALIZAR ACTOS RELACIONADOS CON LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS, QUE PERMITA CUMPLIR CON LO PROGRAMADO POR PROBOSQUE PARA EL EJERCICIO 2023,
A REALIZARSE A TRÁVES DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ESTABLECIDOS EN LA LEY DE CONTRATACIÓN
PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS Y SU REGLAMENTO.
RESULTANDO
PRIMERO: Se habilitan los días 18, 19, 25 y 26 de febrero; 02, 04, 05, 11, 12, 18, 19, 20, 25 y 26 de marzo; 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08,
09, 15, 16, 22, 23, 29 y 30 de abril; 01, 05, 06, 07, 13, 14, 20, 21, 27 y 28 de mayo; 03, 04, 10, 11, 17, 18, 24 y 25 de junio; 01, 02, 08, 09,
15, 16, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30 de julio; 05, 06, 12, 13, 19, 20, 26 y 27 de agosto; 02, 03, 09, 10, 16, 17, 23, 24 y 30 de
septiembre; 01, 07, 08, 14, 15, 21, 22, 28 y 29 de octubre; 02, 04, 05, 11, 12, 18, 19, 20, 25 y 26 de noviembre; 02, 03, 09, 10, 16, 17, 20,
21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 de diciembre de 2023, en un horario de las 09:00 horas a las 24:00 horas, exclusivamente para el
Comité de Adquisiciones y Servicios de la Protectora de Bosques del Estado de México, así como las Unidades A dministrativas que tienen
participación legal en las diversas etapas de los procedimientos para la Adquisición de Bienes o Contratación de Servicios, para que
realicen los actos relacionados con los procedimientos que se encuentren en trámite o se inicien, en la Dirección de Administración,
Finanzas y de Gestión Documental del Organismo, incluyendo sus Departamentos y áreas respectivas, sea en la modalidad de Licitación
Pública, Invitación Restringida, Adjudicación Directa y de Contrato-Pedido, que permitan atender con oportunidad las solicitudes formuladas
por las Unidades Administrativas de la Protectora de Bosques del Estado de México.
SEGUNDO: Publíquese el presente acuerdo en el Período Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México.
TERCERO: El presente acuerdo surtirá sus efectos al día siguiente de su publicación y en los días y horas habilitados señalados en el
punto primero del mismo.
Dado en la Ciudad de Metepec, Estado de México, 16 de febrero de dos mil veintitrés.
DRA. EN A. D. ALEJANDRA CONTRERAS MALVÁEZ.- DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Y PRESIDENTA DEL
COMITÉ DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS, DE LA PROTECTORA DE BOSQUES DEL ESTADO DE MÉXICO.- RÚBRICA.

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