Acuerdo por el que se habilitan días y horas inhábiles comprendidos del 01 de enero al 31 de diciembre de 2022, para la práctica de acciones de control y evaluación, que realiza el personal adscrito al Órgano Interno de Control en la Secretaría de Finanzas.

Viernes 7 de enero de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIII No. 3
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SECRETARÍA DE FINANZAS
Al margen Escudo del Estado de México.
RUBÉN ORTIZ POZOS, TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS DEL
GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE
LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 78 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
MÉXICO; 19 FRACCIONES III Y XIV; 38 BIS FRACCIÓN VIII, DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DEL ESTADO DE MÉXICO; 7 FRACCIÓN I, 11 FRACCIONES I Y II Y 122 DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES
ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS; 1 FRACCIONES II Y I X, 12 Y 13 DEL CÓDIGO DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO; 4, 35, 36 Y 37 FRACCIONES II, III, IV, V Y XXVI DEL
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA; Y 41 QUATER DEL REGLAMENTO INTERIOR DE
LA SECRETARÍA DE FINANZAS, Y
CONSIDERANDO
Que la Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado de México, en términos de lo que dispone el artículo 38 bis de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, es la dependencia responsable de la vigilancia, fiscalización y control
de los ingresos, gastos, recursos y obligaciones de la administración pública estatal y su sector auxiliar, así como lo relativo a la
presentación de la declaración patrimonial, de intereses y constancia de presentación de la declaración fiscal, así como de la
responsabilidad de los servidores públicos.
Que de conformidad con lo establecido en la fracción XIV del artículo 38 Bis de la referida Ley, el Titular de la Secretaría de la
Contraloría cuenta con facultades para designar y remover a los titulares de los Órganos Internos de Control de las dependencias,
organismos auxiliares y fideicomisos de la administración pública estatal, quienes dependerán jerárquica y funcionalmente de la
Secretaría de la Contraloría del Estado de México.
Que al Órgano Interno de Control en la Secretaría de Finanzas en términos del dispositivo normativo legal citado, le corresponde
inspeccionar y vigilar que la dependencia de adscripción cumpla con las normas y disposiciones en materia de: sistema de registro
y contabilidad, contratación y pago de personal, contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos,
conservación, uso, destino, afectación, enajenación y baja de bienes y demás activos y recursos materiales de la Administración
Pública Estatal.
Que el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, en sus artículos 12 y 13 establece que son días hábiles
todos los del año con exclusión de los sábados y domingos y aquellos que se señalen en el calendario oficial correspondiente; y
horas hábiles las comprendidas entre la 9:00 y 18:00 horas, asimismo, que las autoridades administrativas pueden habilitar los
días y horas inhábiles, cuando hubiere causa urgente que lo exija, expresando cuál sea ésta y las diligencias que hayan de
practicarse, notificando al particular interesado.
Que con objeto de procurar el ejercicio legal, eficaz, eficiente, íntegro y transparente de los recursos públicos y vigilar el
cumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos y particulares, el Órgano Interno de Control, realiza diversas Acciones
de Control y Evaluación para vigilar los actos que realizan las unidades administrativas de la Secretaría de Finanzas en horas y
días inhábiles. En mérito de lo expuesto, con fundamento en las disposiciones legales invocadas, he tenido a bien emitir el
siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE HABILITAN DÍAS Y HORAS INHÁBILES COMPRENDIDOS DEL 01 DE ENERO AL 31 DE
DICIEMBRE DE 2022, PARA LA PRÁCTICA DE ACCIONES DE CONTROL Y EVALUACIÓN, QUE REALIZA EL PERSONAL
ADSCRITO AL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS.
ÚNICO.- Se habilitan los días y horas inhábiles que estén comprendidos del 01 de enero al 31 de diciembre de 2022, para que las
y los servidores públicos adscritos a las Áreas de Auditoría en el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Finanzas, en el
ámbito de sus atribuciones y competencias, lleven a cabo las Acciones de Control y Evaluación, respecto de los actos que realizan
las unidades administrativas de la Secretaría de Finanzas.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 1° de enero del año dos mil veintidós.
Dado en la Ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil
veintiuno.- ATENTAMENTE.- RUBÉN ORTIZ POZOS.- TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN LA SECRETARÍA
DE FINANZAS.- RÚBRICA.

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