Acuerdo por el que se habilitan días y horas inhábiles para el desarrollo de los procedimientos adquisitivos de bienes o contratación de servicios que se encuentren en trámite o inicien en la Dirección de Administración y Finanzas y del Comité de Adquisiciones y Servicios del Sistema Mexiquense de Medios Públicos, a través de los procedimientos administrativos establecidos en la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios y su reglamento.

Jueves 30 de septiembre de 2021 Sección Primera Tomo: CCXII No. 62
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SISTEMA MEXIQUENSE DE MEDIOS PÚBLICOS
Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo que dice: MEXIQUENSE Radio. Televisión. Digital.
M. EN A. OSVALDO PULIDO AGUIRRE, DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL SISTEMA
MEXIQUENSE DE MEDIOS PÚBLICOS; CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS
78 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 3, 13, 45 Y 47
DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; ARTICULO 1
FRACCIÓN IV, 3 FRACCIÓN III, 4, 5 PÁRRAFO SEGUNDO, 22, 23, 26 Y 27 DE LA LEY DE
CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS; ARTICULO 1 FRACCIÓN IV, 43
Y 48 DE SU REGLAMENTO; 12 Y 13 PÁRRAFO PRIMERO DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO; 1, 2, 11 FRACCIÓN VI Y 19 FRACCIÓN XV DEL
REGLAMENTO INTERIOR DEL SISTEMA MEXIQUENSE DE MEDIOS PÚBLICOS, Y
C O N S I D E R A N D O
Que el artículo 5 de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios, establece en su
segundo párrafo que las entidades, tribunales administrativos y ayuntamientos, en el ámbito de su respectiva
competencia, tendrán a su cargo el trámite de los procedimientos de adquisición de bienes, contratación de
servicios, arrendamientos y enajenaciones de bienes muebles e inmuebles.
Que el Director de Administración y Finanzas tiene entre sus funciones, la de adquirir los bienes muebles y
contratar en el ámbito de su competencia, los servicios de cualquier naturaleza que requiera el Sistema
Mexiquense de Medios Públicos, e intervenir en las adquisiciones, programar, documentar y ejecutar los actos
adquisitivos.
Que los días 25 y 26 de septiembre 2021; así como los días 02 y 03 de octubre de 2021, conforme al
Calendario Oficial que regirá durante el año 2021, publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno” de
fecha 31 de diciembre de 2020 y en términos del artículo 12 del Código de Procedimientos Administrativos del
Estado de México, son días no laborables, en los cuales no se podrán realizar promociones y actuaciones,
salvo que las autoridades administrativas ejerciten su facultad para habilitarlos con el propósito, en este
caso, de no desfasar los procedimientos adquisitivos y de contratación de servicios que se requieran.

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