Acuerdo por el que se habilitan días de la Dirección de Administración y Finanzas del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de México, a fin de realizar diversos trámites de procesos licitatorios de adquisición de bienes y contratación de servicios, en términos de lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios y su Reglamento.

Jueves 30 de noviembre de 2023 Sección Primera Tomo: CCXVI No. 102
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PERIÓDICO OFICIAL
Gobierno del Estado de México
ACUERDO POR EL QUE SE HABILITAN DÍAS DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL COLEGIO DE ESTUDIOS
CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE MÉXICO, A FIN DE REALIZAR DIVERSOS T RÁMITES DE PROCESOS
LICITATORIOS DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR LA LEY DE
ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y LA LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO
DE MÉXICO Y MUNICIPIOS Y SU REGLAMENTO.
Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo que dice: Estado de México ¡El poder de servir! y una leyenda
que dice: EDUCACIÓN, Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, y logotipo de CECYTEM,
Subsecretaría de Educación Media Superior.
GUSTAVO ADOLFO GÓMEZ PRADO, DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y
TECNOLOGICOS DEL ESTADO DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 1, 2, 4, 23 FRACCIÓN
VI, 28, 29, 34 Y 35 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; ARTICULO 1, FRACCIÓN
VI, 2, FRACCCION IX, 3, 22, 25, 26 Y 26 BIS, DE LA LEY DE ADQUISICIONES ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PÚBLICO; ARTICULO 1 Y 21 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR
PÚBLICO; 1, FRACCCION IV, 3, FRACCIÓN III, 4, 22, 23, 26, 27 Y 35 DE LA LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE
MÉXICO Y MUNICIPIOS; ARTÍCULO 1 FRACCIÓN IV, Y 45 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL
ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS; ARTÍCULO 12 FRACCIÓN VI Y 19 FRACCIONES XII, XIII Y X IV DEL REGLAMENTO INTERIOR
DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS DEL ESTADO DE MÉXICO Y DEMÁS DISPOSICIONES APLICABLES
DE LA MATERIA.
CONSIDERANDO
La Dirección de Administración y Finanzas del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de México tiene entre sus funciones
el presidir el Comité de Adquisiciones de Bienes y Servicios del Colegio, coordinar y en su caso ejecutar los procedimientos de adquisiciones
de bienes muebles y contratación de servicios que requiera el Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de México; suscribir
los contratos y convenios derivados de los procedimientos adquisitivos en sus diferentes modalidades de conformidad con la normatividad
aplicable.
De conformidad con el artículo 22 de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 22 del segundo párrafo de la
Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios, en la Secretaría, en cada entidad, se constituirá un Comité de Adquisiciones
y Servicios.
El artículo 22 fracción VII de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el artículo 23 de la Ley de Contratación
Pública del Estado de México y Municipios, establecen que los Comités de Adquisiciones y Servicios, tiene las funci ones de coadyuvar al
cumplimiento de la ley y demás disposiciones aplicables; así como de dictaminar previamente a la iniciación del procedimiento, sobre la
procedencia de la excepción a licitación pública; tramitar los procedimientos de Licitación Pública, Invitación Restringida y Adjudicación
Directa, hasta dejarlos en estado de dictar el fallo correspondiente; emitir el dictamen de adjudicación, y las demás que est ablezca la
reglamentación de las referidas Leyes.
Que es obligación de los servidores públicos cumplir con la máxima diligencia el servicio o la función que le ha sido encomendado para cumplir
con los planes y programas establecidos por la administración pública a fin de satisfacer el interés público.
Que los días 2, 3, 9, 10, 16, 17, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 de diciembre del año dos mil veintitrés, confor me al acuerdo que
establece el “Calendario Oficial que regirá durante el año dos mil veintitrés” publicado el 21 de diciembre del 2022 en el Periódico Oficial
“Gaceta del Gobierno” y, en términos de los artículos 12 y 13 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de Méx ico, señala
que son días inhábiles no laborables, en los cuales no podrán realizarse actuaciones, salvo que las autoridades administrativas ejerciten su
facultad para habilitarlos con el propósito de practicar actos procedimentales.
Que se tiene la necesidad urgente de realizar procedimientos adquisitivos para la adquisición de bienes y contratación de servicios, tendientes
a satisfacer oportunamente los requerimientos de las diversas Áreas Administrativas usuarias que conforman el Co legio de Estudios
Científicos y Tecnológicos del Estado de México.
Por lo expuesto y fundado en las disposiciones legales invocadas con anterioridad, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE HABILITAN LOS DÍAS 2, 3, 9, 10, 16, 17, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 27, 28, 29, 30 Y 31 DE DICIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL VEINTITRÉS, A FIN DE REALIZAR DIVERSOS TRÁMITES DE PROCESOS LICITATORIOS DE ADQUISICIÓN DE BIENES
Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR LA LEY DE ADQUISICIONES ARRENDAMIENTOS Y
SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y LA LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
PRIMERO. Se habilitan los días 2, 3, 9, 10, 16, 17, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 de diciembre del año dos mil veintitrés, a
fin de llevar a cabo diversos trámites de procesos licitatorios y dar cumplimiento a los plazos que para ello establece la Ley de Adquisiciones
Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento y la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municip ios y su
Reglamento, para los diferentes procesos licitatorios que promueve el Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de México.
SEGUNDO: Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial denominado “Gaceta del Gobierno”.
TERCERO: El presente acuerdo surtirá efecto en los días habilitados y señalados en el resolutivo primero del presente acuerdo; la publicación
del presente acuerdo, surte efectos de notificación.
Dado en Metepec, Estado de México, a los 23 días del mes de noviembre de dos mil veintitrés.
GUSTAVO ADOLFO GÓMEZ P RADO.- DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Y PRESIDENTE DEL COMITÉ DE
ADQUISICIONES Y SERVICIOS.- RÚBRICA.

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