Acuerdo por el que se habilitan los días, para que la Dirección de Administración y Finanzas de la Protectora de Bosques del Estado de México (PROBOSQUE), pueda sustanciar los procesos adquisitivos de bienes y contratación de servicios de conformidad con lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento y en la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios y su Reglamento

27 de octubre de 2015
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c)
Deberá obtener de la Dirección General de Operación Urbana los permisos para celebrar actos,
convenios o contratos traslativos de dominio o promesa de los mismos, respecto de las áreas
privativas del condominio, así como su promoción o publicidad. Sólo procederá dicha
autorización cuando se encuentren concluidas las obras de urbanización al interior del
condominio y, o en su caso, asegurada su ejecución mediante fianza o garantía hipotecaria
según el artículo 115 fracción IV del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del
Estado de México.
d)
El titular de la autorización o los adquirentes de las áreas privativas no podrán llevar a cabo
edificación alguna sin tener previamente las correspondientes licencias y autorizaciones según
se dispone en el artículo 115 fracción V del Reglamento del Libro Quinto del Código
Administrativo del Estado de México.
DÉCIMO
QUINTO-
El incumplimiento de las obligaciones contenidas en el cuerpo de la presente autorización traerá
como consecuencia la aplicación de las medidas de seguridad y sanciones contenidas en los
artículos 5.61, 5.62, 5.63 y 5.64 del Código Administrativo del Estado de México.
DÉCIMO
SEXTO.-
La presente, no prejuzga derechos de propiedad y deja a salvo derechos a terceros.
DÉCIMO
SEPTIMO.-
La fecha límite para la inscripción en el Instituto de la Función Registral de la presente
autorización de Condominio y su respectivo plano será el día 04 de febrero de 2016, la cual
deberá acreditar ante esta Dependencia; lo anterior con fundamento en los artículos 28, fracción
I y 31 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
ATENTAMENTE
LICENCIADO JUAN JAVIER RODRÍGUEZ VIVAS
EL DIRECTOR REGIONAL VALLE DE MEXICO
ZONA NORORIENTE.
(RÚBRICA).
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
GOBIERNO DEL
ESTADO DE MÉXICO
GEN't E 1
T RA5 AJA -,' OGPA
flGRANDE
PROTECTORA DE BOSQUES DEL ESTADO DE MÉXICO
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
C.P. ALEJANDRO SALAZAR GOROSTIETA, DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA
PROTECTORA DE BOSQUES DEL ESTADO DE MÉXICO (PROBOSQUE), CON FUNDAMENTO EN
LO
DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 19, FRACCIÓN II, 23 Y 24 FRACCIONES XXXVII, XXXVIII Y LVI DE LA
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; LA LEY
DE

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