Acuerdo por el que se habilitan los días 24 y 25 de septiembre de 2022, para que la Dirección General de Recursos Materiales y el Comité de Adquisiciones y Servicios de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México puedan sustanciar los procedimientos para la adquisición de bienes y contratación de servicios, hasta la suscripción del contrato, así como para que la citada Dirección General pueda realizar el trámite de los convenios modificatorios a los contratos administrativos de adquisición de bienes o de contratación de servicios, conforme a lo dispuesto en la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios, y su reglamento.

Viernes 9 de septiembre de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIV No. 46
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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE FINANZAS
Al margen Escudo del Estado de México.
CINTHYA CASILLAS CRUZ, DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE
LA SECRETARÍA DE FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, CON
FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 1 FRACCIONES I Y IV, 3
FRACCIONES II, III Y IX, 5, 12, 26, 27 FRACCIONES I Y II, Y DEMÁS APLICABLES DE
LA LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, Y DE
SU REGLAMENTO; 1, 2, 3, 19 FRACCIÓN III, 23 Y 24 FRACCIONES XXXVII, XXXVIII Y
LXIV DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE
MÉXICO; 1, 2, 3 FRACCIÓN XIX, 8, 9 FRACCIÓN XVII, 29 FRACCIONES I, XVII Y XX, 30
FRACCIÓN II, Y 32 FRACCIONES VIII, XIV Y XLIX DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA
SECRETARÍA DE FINANZAS; ASÍ COMO 1, 12 Y 13, PÁRRAFO PRIMERO DEL CÓDIGO
DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO; Y
C O N S I D E R A N D O
Que con fundamento en el artículo 5 de la Ley de Contratación Pública del Estado de México
y Municipios, la Secretaría de Finanzas es la encargada de llevar a cabo los procedimientos
de adquisición de bienes o servicios que requieran las dependencias, conforme a sus
respectivos programas de adquisiciones.
Que en términos del artículo 24, fracciones XXXVII y XXXVIII de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de México, a la Secretaría de Finanzas le corresponde
adquirir los bienes y servicios que requiera el funcionamiento del Poder Ejecutivo del Estado,
con recursos federales o estatales, y proveer oportunamente a las dependencias del
Ejecutivo Estatal de los elementos y materiales de trabajo necesarios para el desarrollo de
sus funciones.
Que de conformidad con el artículo 32, fracción VIII del Reglamento Interior de la Secretaría
de Finanzas, corresponde a la Dirección General de Recursos Materiales programar,
documentar y substanciar los procedimientos adquisitivos de bienes muebles y de
contratación de servicios, en términos de la normatividad correspondiente.
Que en términos del artículo 12 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de
México, las promociones y actuaciones se efectuarán en días y horas hábiles, siendo días
hábiles todos los del año, con exclusión de los sábados, domingos y aquéllos que se
señalen en el calendario oficial correspondiente, publicado en el mes de diciembre del
ejercicio anterior, en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. Asimismo, son horas hábiles
las comprendidas entre las 9:00 y las 18:00 horas.

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