Acuerdo por el que se habilitan los días 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 de diciembre de dos mil veintiuno, y los días 1, 2, 3, 4 y 5 de enero del año dos mil veintidós, para llevar a cabo las adquisiciones y suministros de bienes muebles y contratación de servicios, por parte del Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales adscrito a la Dirección de Administración y Finanzas de la Universidad Intercultural del Estado de México; a través de los procedimientos establecidos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, y la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios y su reglamento.

Lunes 20 de diciembre de 2021 Sección Primera Tomo: CCXII No. 117
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Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo que dice: Universidad Intercultural del Estado de México.
L.A.E. JESÚS OCTAVIO GARCÍA CHÁVEZ, DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y
FINANZAS DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE CARÁCTER ESTATAL
DENOMINADO UNIVERSIDAD INTERCULTURAL DEL ESTADO DE MÉXICO; CON
FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 78 Y 129 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 3, 45 Y 47
DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO;
12 Y 13 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE
XICO; 1 FRACCIÓN IV, 3 FRACCIÓN III, 26 Y DEMÁS APLICABLES DE LA LEY DE
CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS Y SU
REGLAMENTO Y ARTÍCULO 15, FRACCION VII, APARTADO CORRESPONDIENTE A
LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, DEL MANUAL
GENERAL DE ORGANIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD INTERCULTURAL ESTADO DE
XICO.
CONSIDERANDO
Que por Decreto número 85 de la H. LVIII” Legislatura Local, publicado en el Periódico
Oficial “Gaceta del Gobierno” el 3 de Mayo de 2013, se adicionó la Ley de Contratación
Pública del Estado de México y Municipios, en materia de “Adquisiciones, Enajenaciones,
Arrendamiento y Servicios”, con el objeto de regular los actos relativos a la planeación,
programación, presupuesto, ejecución y control de la adquisición, enajenación y
arrendamiento de bienes y la contratación de servicios de cualquier naturaleza que realicen
las Dependencias y los Organismos Auxiliares de carácter Estatal.
Que entre sus atribuciones del Organismo se encuentran la de Administrar su patrimonio, así
como los recursos humanos, financieros, técnicos y materiales, destinados al cumplimiento
de su objeto, conforme a esta Ley y demás disposiciones aplicables.
Que con la finalidad de atender los requerimientos de los bienes o contratación de servicios
derivados de los diversos programas y requerimientos que tiene la Universidad Intercultural
del Estado de México, el Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales
Adscrito a la Dirección de Administración y Finanzas, lleva a cabo diversos procedimientos
relacionados con las adquisiciones de bienes y contratación de servicios en los términos
previstos en la Ley Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su
Reglamento para los recursos de origen federal y la Ley de Contratación Pública del Estado
de México y Municipios y su Reglamento para los recursos de origen estatal.

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