Acuerdo por el que se habilitan los días 23, 24, 30, 31 de octubre, 6, 7, 13, 14, 20, 21, 27, 28 de noviembre, 4, 5, 11, 12, 18, 19, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 de diciembre de 2021; del Instituto Mexiquense de la Vivienda Social, a fin de realizar diversos trámites de procedimientos adquisitivos de bienes en términos de lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su reglamento y Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios.

Lunes 8 de noviembre de 2021 Sección Primera Tomo: CCXII No. 88
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Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo que dice: IMEVIS Instituto Mexiquense de la Vivienda Social.
LICENCIADO FERNANDO UGALDE FLORES, DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL INSTITUTO
MEXIQUENSE DE LA VIVIENDA SOCIAL, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 134
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 34, 65, 78, Y 129 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO 1, 2, 3, 13, 45 Y 47 DE LA LEY
ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 1, 12 Y 13 DEL CÓDIGO DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO.
C O N S I D E R A N D O
Que la Dirección de Administración y Finanzas del Instituto Mexiquense de la Vivienda Social, tiene entre sus
funciones la de presidir el Comité de Adquisiciones y Servicios del Instituto Mexiquense de la Vivienda Social,
coordinar y en su caso ejecutar los Procedimientos de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios, así como
suscribir los contratos y convenios derivados de los procedimientos adquisitivos de conformidad con la Normatividad
aplicable.
Que de conformidad con la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios y su Reglamento, en cada
Entidad, Tribunal Administrativo y Ayuntamiento se constituirá un Comité de Adquisiciones y Servicios, el cual tendrá
las funciones de dictaminar sobre la procedencia de los casos de excepción al procedimiento de licitación pública;
tramitar los procedimientos de licitación pública, invitación restringida y adjudicación directa, hasta dejarlos en estado
de dictar el fallo correspondiente, emitir el dictamen de adjudicación, así como las demás que establezca la
reglamentación de la referida Ley
Que una de las obligaciones del Servidor Público, es la de cumplir con máxima diligencia el servicio o función en
comendadas, para el cumplimiento de los planes y programas establecidos por la Administración Pública a fin de
satisfacer el interés público.
Que los días 23, 24, 30, 31 de octubre, 6, 7, 13, 14, 20, 21, 27, 28 de noviembre, 4, 5, 11, 12, 18, 19, 23, 24, 25, 26,
27, 28, 29, 30 y 31 de diciembre de 2021, no se consideran hábiles, por lo que no se podrán realizar promociones y
actuaciones, salvo que las autoridades administrativas ejerciten su facultad para habilitarlos.
Que se tiene la necesidad urgente de realizar diversos actos relacionados con los procedimientos adquisitivos de
bienes y servicios tendientes a satisfacer oportunamente las necesidades del Instituto Mexiquense de la Vivienda
Social.
Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en las disposiciones legales invocadas he tenido a bien emitir el
siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE HABILITAN LOS DÍAS 23, 24, 30, 31 DE OCTUBRE, 6,7, 13, 14, 20, 21, 27, 28 DE
NOVIEMBRE, 4, 5, 11, 12, 18, 19, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29,30 y 31 DE DICIEMBRE DE 2021; A FIN DE REALIZAR
DIVERSOS TRÁMITES DE PROCEDIMIENTOS ADQUISITIVOS DE BIENES EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO
POR LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y SU
REGLAMENTO Y LEY DE CONTRATACIÓN PUBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
PRIMERO: Se habilitan los días 23, 24, 30, 31 de octubre, 6, 7, 13, 14, 20, 21, 27, 28 de noviembre y 4, 5, 11, 12, 18,
19, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 31 de diciembre de 2021; a fin de realizar diversos trámites de procedimientos
adquisitivos de bienes y dar cumplimiento a los plazos que pare ello establece la Ley de Contratación Pública del
Estado de México y Municipios y su Reglamento.
SEGUNDO: Notifíquese el contenido del presente acuerdo a la persona física y jurídico-colectiva con los diversos
actos que deben llevarse a cabo en los días habilitados.
TERCERO: Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta de Gobierno”.
CUARTO: El presente acuerdo surtirá efectos al día siguiente de su publicación en los días habilitados los cuales se
señalan en el punto primero.
Dado en San Antonio la Isla, Estado de México a los veinte días del mes de octubre de dos mil veintiuno.-
FERNANDO UGALDE FLORES.- DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL INSTITUTO MEXIQUENSE
DE LA VIVIENDA SOCIAL.- RÚBRICA.

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