Acuerdo por el cual se habilita el día sábado veinticinco de febrero de dos mil diecisiete, para la presentación del presupuesto de egresos del ejercicio dos mil diecisiete

Página 2 31 de enero de 2017
PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO
ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN
PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO
Órgano Superior de Fiscalización
ACUERDO POR EL CUAL SE HABILITA EL DÍ A SÁBADO VEINTICINCO DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISIETE, PARA LA
PRESENTACIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL EJERCICIO DOS MIL DIECISIETE.
Contador Público Certificado Fernando Valente Baz F erreira, Auditor Superior de Fiscalización del Estado de México , con
fundamento en los artículos 61, fracciones XXXII y XXXIV y 1 25 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México;
1, 4, 7, 8, 10, 13, fracciones II y XXII y 47 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México; y 13 del Código de
Procedimientos Administrativos del Estado de México, acuerda lo siguiente:
C O N S I D E R A N D O
I. El artículo 125 cuarto párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 47 de la Ley de Fiscalización
Superior del Estado de México, establecen que el Presidente Municipal, promulgará y publicará el Presupuesto de Egresos
Municipal, a más tardar el veinticinco de febrero de cada año, debiendo enviarlo al Órgano Superior de Fiscalización en la mi sma
fecha.
II. En el caso particular, tal y como se observa en el calendario de obligaciones periódicas publicado en la Gaceta del Gobierno del
presente ejercicio fiscal, se desprende que el sábado veinticinco de febrero de dos mil diecisiete, último día para la presentación del
Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2017, es inhábil, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 13 del Código de
Procedimientos Administrativos del Estado de México, aplicado supletoriamente por disposición del artículo 7 de la Ley de
Fiscalización Superior del Estado de México.
III. Ante dicha situación, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 13 del Código d e Procedimientos Administrativos de l
Estado de México, aplicado supletoriamente por disposición del artículo 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México,
este Órgano Técnico de la Legisl atura, cuenta con la facultad de habilitar los días y horas inhábiles, cuando hubiere causa urgente
que lo exija, expresando cual sea ésta y las diligencias que han de practicarse, quedando prohibida la habilitación que produzca o
pueda producir el efecto de que se otorgue un nuevo plazo.
IV. En virtud de lo anterior, en congruencia con los principios de buena fe y eficacia que rigen el actuar del Órgano Superio r de
Fiscalización del Estado de México, considerando que existe causa urgente que lo exige, consistente en facilitar la presentación del
Presupuesto de Egresos del ejercicio dos mil diecisiete a cargo de las entidades fiscalizables de carácter municipal, y con e llo, no
limitar el t érmino dispuesto en los artículos 125 cuarto y quinto párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
México, 47 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México y 13 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado
de México, se emite el siguiente:
A C U E R D O
ÚNICO.- Se habilita el día sábado veinticinco de febrero de dos mil diecisiete, en un horario de 9:00 a 18:00 horas, únicamente para
efectos de la recepción del Presupuesto de Egresos del ejercicio dos mil diecis iete, a cargo d e las entidades fiscalizables
municipales del Estado de México. =========================================================================
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo por una sola vez, en el Periódico Of icial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México.
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SEGUNDO.- El presente Acuerdo e ntrará en vigor el día hábil siguiente de su publicación, para surtir los efectos correspondientes
el día y horas señaladas. ================================================================================
Dado en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México; a los veintisiete días del mes de enero de dos mil diecisiete.
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ATENTAMENTE
EL AUDITOR SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO
C.P.C. FERNANDO VALENTE BAZ FERREIRA
(RÚBRICA).

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