Acuerdo de la H. “LXI” Legislatura del Estado de México, sobre el protocolo de participaciones y desahogo del análisis del Sexto Informe de Gobierno, que rindió el Gobernador Constitucional, Licenciado Alfredo del Mazo Maza.

Jueves 28 de septiembre de 2023 Sección Primera Tomo: CCXVI No. 59
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PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO
Al margen Escudo de la LXI Legislatura del Estado de México, y una leyenda que dice: Diputadas y Diputados
Locales Estado de México.
LA H. "LXI" LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE
CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 57 Y 61 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO Y 38 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, HA TENIDO A BIEN EMITIR EL SIGUIENTE:
A C U E R D O
ARTÍCULO ÚNICO.- El análisis del Sexto Informe de Gobierno del Gobernador del Estado, Licenciado Alfredo
del Mazo Maza, se sujetará al procedimiento siguiente:
1. La Presidencia de la Legislatura concederá uso de la palabra a un Diputado o una Diputada de cada Grupo
Parlamentario y representante de los Diputados sin Partido, quienes harán uso de la palabra hasta por ocho
minutos, conforme el tenor siguiente:
• Diputado o Diputado sin Partido.
• Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
• Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
• Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
• Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
• Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
• Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
• Grupo Parlamentario del Partido de morena.
2.- Los Coordinadores de los Grupos Parlamentarios definirán las participaciones de los oradores.
3.- El análisis del Sexto Informe de Gobierno, se realizará de conformidad con lo acordado por la Junta de
Coordinación Política, la Ley Orgánica y el Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de
México.
T R A N S I T O R I O S
ARTÍCULO PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Este Acuerdo entrará en vigor al momento de su aprobación.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la Ciudad de Toluca de Lerdo, Capital del Estado de México, a los
veintiséis días del mes de septiembre del dos mil veintitrés.
SECRETARIAS.- DIP. VIRIDIANA FUENTES CRUZ.- RÚBRICA.- DIP. SILVIA BARBERENA MALDONADO.-
RÚBRICA.- DIP. MÓNICA MIRIAM GRANILLO VELAZCO.- RÚBRICA.

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