Acuerdo de la H. “LXI” Legislatura del Estado de México, por el que se exhorta a las presidentas y presidentes municipales de los 125 municipios del Estado de México, para que las directoras y directores de turismo que nombren, además de cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 32, sean profesionales en el área de turismo o afín, debiendo contar con título profesional correspondiente; se exhorta a las presidentas y presidentes municipales de los 125 municipios del Estado de México, para que, en términos de la Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México, elaboren catálogo artesanal municipal; conformen el Consejo Consultivo Municipal de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal; integren el registro municipal de artesanas y artesanos; y formulen el Programa Municipal de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal.

Viernes 18 de febrero de 2022 Sección Segunda Tomo: CCXIII No. 32
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SEGUNDO.- Se exhorta a los titulares de Fiscalía General de La República, de la Secretaría de Seguridad del
Estado de México, de la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de México, de la Fiscalía General
de Justicia del Estado de México, y a la Presidenta Municipal de Valle de Bravo para que en el ámbito de sus
competencias realicen, coordinen, fomenten y refuercen las acciones necesarias con la finalidad de prevenir y
erradicar los delitos cometidos en el Parque Estatal Monte Alto.
T R A N S I T O R I O S
ARTÍCULO PRIMERO.- Publíquese este Acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta de Gobierno”.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Notifíquese a la autoridades correspondientes.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los
diez días del mes de febrero, del año dos mil veintidós.
SECRETARIAS.- DIP. SILVIA BARBERENA MALDONADO.- (RÚBRICA).- DIP. VIRIDIANA FUENTES
CRUZ.- (RÚBRICA).- DIP. CLAUDIA DESIREE MORALES ROBLEDO.- (RÚBRICA).
Al margen Escudo de la LXI Legislatura del Estado de México, y una leyenda, que dice: Diputadas y
Diputados Locales Estado de México.
LA H. "LXI" LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE
CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 57 Y 61 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO Y 38 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, HA TENIDO A BIEN EMITIR EL SIGUIENTE:
A C U E R D O
PRIMERO.- Se exhorta a las Presidentas y Presidentes Municipales de los 125 Municipios del Estado de
México, para que las Directoras y Directores de Turismo que nombren, además de cumplir con los requisitos
establecidos en el artículo 32, sean profesionales en el área de turismo o afín, debiendo contar con título
profesional correspondiente.
SEGUNDO.- Se exhorta a las Presidentas y Presidentes Municipales de los 125 Municipios del Estado de
México, para que, en términos de la Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México,
elaboren Catálogo Artesanal Municipal; conformen el Consejo Consultivo Municipal de Turismo Sostenible y
Desarrollo Artesanal; integren el Registro Municipal de Artesanas y Artesanos; y formulen el Programa
Municipal de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal.
T R A N S I T O R I O S
ARTÍCULO PRIMERO. - Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”
ARTÍCULO SEGUNDO. - Comuníquese a las autoridades correspondientes.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los
diez días del mes de febrero del año dos mil veintidós.
SECRETARIAS.- DIP. SILVIA BARBERENA MALDONADO.- (RÚBRICA).- DIP. VIRIDIANA FUENTES
CRUZ.- (RÚBRICA).- DIP. CLAUDIA DESIREE MORALES ROBLEDO.- (RÚBRICA).

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