Acuerdo de la H. 'LX' Legislatura del Estado de México, por el que se exhorta a la Secretaría del Medio Ambiente del Estado de México, a la Coordinación General de Protección Civil del Estado de México, así como a la Coordinación de la Unidad Municipal de Protección Civil y Bomberos de Cuautitlán Izcalli, para implementar y fortalecer los protocolos y las medidas de prevención necesarias atender el incendio ocurrido en “Campestre del Lago de Cuautitlán Izcalli” para la restauración de las hectáreas forestales incendiadas.

T R A N S I T O R I O S
ARTÍCULO ÚNICO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los veinte días
del mes de abril del año dos mil veintiuno.
SECRETARIOS
DIP. MARÍA DE LOURDES GARAY CASILLAS
(RÚBRICA).
DIP. CLAUDIA GONZÁLEZ CERÓN
(RÚBRICA).
DIP. CAMILO MURILLO ZAVALA
(RÚBRICA).
LA. H. “LX” LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN
LOS ARTÍCULO 57 Y 61 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
MÉXICO Y 38 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
DE MÉXICO, HA TENIDO A BIEN EMITIR EL SIGUIENTE:
A C U E R D O
ARTÍCULO ÚNICO.- Se exhorta respetuosamente al Presidente Municipal de Huehuetoca, para que realice las acciones
pertinentes para regularizar el suministro de agua potable a la brevedad posible a los habitantes de las diversas colonias y
fraccionamientos del Municipio.
T R A N S I T O R I O S
ARTÍCULO ÚNICO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los veinte días
del mes de abril del año dos mil veintiuno.
SECRETARIOS
DIP. MARÍA DE LOURDES GARAY CASILLAS
(RÚBRICA).
DIP. CLAUDIA GONZÁLEZ CERÓN
(RÚBRICA).
DIP. CAMILO MURILLO ZAVALA
(RÚBRICA).
LA. H. “LX” LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN
LOS ARTÍCULO 57 Y 61 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
MÉXICO Y 38 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
DE MÉXICO, HA TENIDO A BIEN EMITIR EL SIGUIENTE:
A C U E R D O
ARTÍCULO PRIMERO.- Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente del Estado de México y al
Municipio de Cuautitlán Izcalli, trabajar en coordinación para atender de manera urgente los daños e implementar acciones
de restauración ambiental en el Fraccionamiento Campestre del Lago de Cuautitlán Izcalli a causa del incendio forestal
sufrido el pasado 18 de abril del presente año.

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