Acuerdo de la H. 'LX' Legislatura del Estado de México, por el que se exhorta respetuosamente al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios, a que de forma coordinada con las instituciones públicas y privadas de salud; así como con las autoridades estatales y municipales puedan constatar los mecanismos que implementan para la protección de los datos personales de los pacientes que han atendido por el COVID-19 o que se han acercado para la realización de pruebas o aplicación de vacunas.

SECRETARIOS
DIP. MARÍA DE LOURDES GARAY CASILLAS
(RÚBRICA).
DIP. CLAUDIA GONZÁLEZ CERÓN
(RÚBRICA).
DIP. CAMILO MURILLO ZAVALA
(RÚBRICA).
LA. H. “LX” LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN
LOS ARTÍCULO 57 Y 61 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
MÉXICO Y 38 FRACCIÓN IV DE LA LEY O RGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
DE MÉXICO, HA TENIDO A BIEN EMITIR EL SIGUIENTE:
A C U E R D O
ARTÍCULO ÚNICO.- Se exhorta respetuosamente a la Titular de la Secretaría del Campo del Gobierno del Estado de
xico, para que a la brevedad se informe a esta soberanía del ejercicio del monto establecido en el Artículo Transitorio
Décimo Séptimo del Presupuesto de Egresos del Estado de México para el ejercicio fiscal 2020, el cual fue considerado,
aprobado y publicado con el fin de ser ejecutados específicamente en los proyectos denominados “Proyecto Productivo para
la Explotación Integral Agropecuaria”, Rescate y Conservación de Agave Pulquero”, Producción de Nopal Verdura”,
“Producción de Hortalizas Orgánicas” yFomento a proyectos de producción rural, lo anterior a efecto de informar a todas y
todos los productores afectados, asimismo se exhorta al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, que
conforme a lo dispuesto en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México y demás ordenamientos aplicables,
informe los avances que sobre la fiscalización de los mismos tenga hasta el momento.
T R A N S I T O R I O S
ARTÍCULO ÚNICO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los veinte días
del mes de abril del año dos mil veintiuno.
SECRETARIOS
DIP. MARÍA DE LOURDES GARAY CASILLAS
(RÚBRICA).
DIP. CLAUDIA GONZÁLEZ CERÓN
(RÚBRICA).
DIP. CAMILO MURILLO ZAVALA
(RÚBRICA).
LA. H. “LX” LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN
LOS ARTÍCULO 57 Y 61 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
MÉXICO Y 38 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
DE MÉXICO, HA TENIDO A BIEN EMITIR EL SIGUIENTE:
A C U E R D O
ARTÍCULO ÚNICO.- Se exhorta respetuosamente al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios, a que de forma coordinada con las instituciones
públicas y privadas de salud; así como con las autoridades estatales y municipales puedan constatar los mecanismos que
implementan para la protección de los datos personales de los pacientes que han atendido por el COVID-19 o que se han
acercado para la realización de pruebas o aplicación de vacunas.

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