Acuerdo de la H. “LX” Legislatura del Estado de México, por el que se exhorta respetuosamente al Presidente Municipal de Chimalhuacán para que implemente estrategias y acciones que contrarresten la delincuencia y violencia que se vive en el municipio, así mismo la destitución del Director General de Seguridad Ciudadana y Tránsito Municipal por su poca efectividad en el cargo.

T R A N S I T O R I O S
PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al ser aprobado.
TERCERO.- Se abrogan o derogan las disposiciones de igual o menor jerarquía.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, al primer día del
mes de marzo del año dos mil veintiuno.
SECRETARIOS
DIP. IMELDA LÓPEZ MONTIEL
(RÚBRICA).
DIP. CLAUDIA GONZÁLEZ CERÓN
(RÚBRICA).
DIP. JUAN PABLO VILLAGÓMEZ SÁNCHEZ
(RÚBRICA).
LA H. "LX" LEGISLATURA EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 57 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, Y 38 FRACCIÓN IV DE LA LEY
ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, HA TENIDO A BIEN EMITIR
EL SIGUIENTE:
A C U E R D O
ÚNICO. Se exhorta respetuosamente al Presidente Municipal de Chimalhuacán para que implemente estrategias y acciones
que contrarresten la delincuencia y violencia que se vive en el Municipio, así mismo la destitución del Director General de
Seguridad Ciudadana y Tránsito Municipal por su poca efectividad en el cargo.
T R A N S I T O R I O
ÚNICO. Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los cuatro días
del mes de marzo del año dos mil veintiuno.
SECRETARIOS
DIP. IMELDA LÓPEZ MONTIEL
(RÚBRICA).
DIP. CLAUDIA GONZÁLEZ CERÓN
(RÚBRICA).
DIP. JUAN PABLO VILLAGÓMEZ SÁNCHEZ
(RÚBRICA).
LA H. "LX" LEGISLATURA EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 57 Y 61,
FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, Y 38 FRACCIÓN IV
DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, HA TENIDO A
BIEN EMITIR EL SIGUIENTE:
A C U E R D O
ÚNICO.- Se exhorta respetuosamente a la Titular de la Secretaría del Campo del Gobierno del Estado de México, para que,
en el ámbito de sus atribuciones, promueva en los municipios de Villa Guerrero, Tenancingo, Coatepec Harinas y Tonatico,
la disminución de uso de agroquímicos y el fomento de prácticas agrícolas sostenibles, que permitan preservar y recuperar
el hábitat y el proceso de polinizadores nativos de la zona.

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