Acuerdo de la H. 'LX' Legislatura del Estado de México, por el que se exhorta al Secretario de Salud del Estado de México y al Director General del Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango, para que en el ámbito de sus respectivas competencias, y en conjunto con la asociación público privada que participa en la operación del mencionado hospital, revisen en el plazo de 30 días naturales los costos de sus servicios médicos, a efecto de que éstos puedan estar al alcance de la población que requiera hacer uso de los mismos; y en el mismo plazo remitan informe a esta Legislatura, respecto de los resultados obtenidos de dicha revisión.

LA H. "LX" LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE
CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 57 Y 61 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MÉXICO Y 38 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, HA TENIDO A BIEN EMITIR EL SIGUIENTE:
A C U E R D O
ARTÍCULO PRIMERO. La H. “LX” Legislatura del Estado de México, en un marco de respeto exhorta a la Secretaría
de Seguridad y Protección Ciudadana del Gobierno Federal, para que a través de la Coordinación Nacional de
Protección Civil garantice la participación activa del Estado Mexicano en los Foros y Plataformas Internacionales en
materia de Gestión Integral de Riesgos, que fomenten el aprendizaje de nuevos modelos y acciones exitosas en la
Reducción de Riesgo de Desastres, preservando así, una adecuada interacción con la comunidad internacional en el
cumplimiento de los compromisos dispuestos por el marco de Sendai de la Organización de las Naciones Unidas.
ARTÍCULO SEGUNDO. Comuníquese el presente Acuerdo a la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana del
Gobierno Federal para los efectos correspondientes.
T R A N S I T O R I O
ÚNICO. Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los trece
días del mes de agosto del año dos mil diecinueve.
SECRETARIOS
DIP. JOSÉ ANTONIO GARCÍA GARCÍA
(RÚBRICA).
DIP. ARACELI CASASOLA SALAZAR
(RÚBRICA).
DIP. MARGARITO GONZÁLEZ MORALES
(RÚBRICA).
LA H. "LX" LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE
CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 57 Y 61 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MÉXICO Y 38 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, HA TENIDO A BIEN EMITIR EL SIGUIENTE:
A C U E R D O
ÚNICO.- Se exhorta al Secretario de Salud del Estado de México y al Director General del Hospital Regional de Alta
Especialidad de Zumpango, para que en el ámbito de sus respectivas competencias, y en conjunto con la Asociación
Público Privada que participa en la operación del mencionado Hospital, revisen en el plazo de 30 días naturales los
costos de sus servicios médicos, a efecto de que éstos puedan estar al alcance de la población que requiera hacer
uso de los mismos; y en el mismo plazo remitan informe a esta Legislatura, respecto de los resultados obtenidos de
dicha revisión.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los trece
días del mes de agosto del año dos mil diecinueve.
SECRETARIOS
DIP. JOSÉ ANTONIO GARCÍA GARCÍA
(RÚBRICA).
DIP. ARACELI CASASOLA SALAZAR
(RÚBRICA).
DIP. MARGARITO GONZÁLEZ MORALES
(RÚBRICA).

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