Acuerdo por el cual el Gobernador del Estado de Querétaro delega en la Secretaria de Turismo y en el Director de Planeación y Desarrollo Turístico de la Secretaría de Turismo del Poder Ejecutivo, las atribuciones que en el mismo se precisan.

15 de octubre de 2021 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 46967
PODER EJECUTIVO
MAURICIO KURI GONZÁLEZ, Gobernador del Estado de Querétaro, en ejercicio de las facultades que me
confiere lo dispuesto por los artículos 20, 22, fracción VIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Querétaro; 2, 3 y 6 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, y
Considerando
1. El titular del Poder Ejecutivo es el representante legal del Estado de Querétaro y del Poder Ejecutivo del
Estado, quien puede ejercer dicha representación, directamente o por conducto de la Secretaría de Gobierno, o
bien delegándola a las personas que expresamente designe, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20
de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro, así como los artículos 2 y 6 de la Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.
2. El Gobernador del Estado se auxilia de las dependencias del Poder Ejecutivo, para el despacho de los asuntos
de su competencia, con fundamento en los artículos 20, tercer párrafo, de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Querétaro y 3 primer párrafo de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de
Querétaro.
3. La Secretaría de Turismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19, fracción IX y 31 de la Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, es la dependencia encargada de formular y conducir la política de
desarrollo de la actividad turística estatal.
4. Con el objeto de dotar de mayor prontitud al trámite relativo a la suscripción de contratos, acuerdos y convenios
celebrados a nombre y en representación del Estado de Querétaro y del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro,
relativos a los asuntos competencia de la Secretaría de Turismo, en beneficio de los habitantes de nuestra
entidad federativa, resulta necesario delegar dicha representación, para celebrar y suscribir los actos e
instrumentos jurídicos de referencia exclusivamente en el ámbito de competencia de la mencionada Secretaría.
En virtud de lo expuesto, tengo a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL CUAL EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE QUERÉTARO DELEGA EN LA
SECRETARIA DE TURISMO Y EN EL DIRECTOR DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO TURÍSTICO DE LA
SECRETARÍA DE TURISMO DEL PODER EJECUTIVO, LAS ATRIBUCIONES QUE EN EL MISMO SE
PRECISAN.
Único. Se faculta a la Arq. Mariela Del Rosario Morán Ocampo, Secretaria de Turismo y al Lic. Manuel Aguado
Romero, Director de Planeación y Desarrollo Turístico, adscrito a la Secretaría de Turismo del Poder Ejecutivo
del Estado, para que de manera conjunta o separada, en nombre y representación del Estado de Querétaro y
del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, celebren contratos, acuerdos y convenios en materia de la
competencia de la Secretaría de Turismo del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, debiendo al efecto:
I.
Previo a la firma del instrumento que corresponda, remitir de manera oportuna copia del mismo a la
Secretaría de Gobierno del Poder Ejecutivo del Estado, a través de su Dirección Jurídica y Consultiva,
para que lleve a cabo su revisión y emita sus comentarios en términos de los ordenamientos aplicables.
II. Ajustarse íntegramente a la normatividad aplicable;
III. Obtener de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo, la autorización presupuestal correspondiente,
cuando el contrato, acuerdo o convenio a celebrarse, implique la erogación de recursos financieros por parte del
Estado;
IV. Como ejecutor responsable de los recursos públicos a los que tenga acceso, aplicar éstos de conformidad
con la normatividad vigente, e

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