Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma diversas disposiciones en relación con la implementación del esquema de gestión judicial bajo la regla juez-causa.

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EmisorConsejo de la Judicatura Federal

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES EN RELACIÓN CON LA IMPLEMENTACIÓN DEL ESQUEMA DE GESTIÓN JUDICIAL BAJO LA REGLA JUEZ-CAUSA.

CONSIDERANDO

PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano administrativo del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;

TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100, octavo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y

CUARTO. Mediante oficio SEPLE./UCNSJP./002/3141/2020 el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal instruyó a la Unidad para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal, para que en conjunto con las Direcciones Generales de Gestión Judicial, y de Asuntos Jurídicos, presenten en un plazo de 90 días hábiles un proyecto de reforma al Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la asignación de audiencias y asuntos, la rendición estadística y los libros electrónicos de control en los Centros de Justicia Penal Federal, a efecto de reflejar la fórmula de trabajo Juez-Causa.

En ese sentido, resulta necesario reformar los Acuerdos Generales por los que se crean los Centros de Justicia Penal Federal, con la finalidad armonizar la normativa del Consejo.

Por lo anterior, se expide el siguiente

ACUERDO

PRIMERO. Se reforman los artículos 4; 6; 7, párrafo segundo y 8 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la asignación de audiencias y asuntos, la rendición estadística y los libros electrónicos de control en los Centros de Justicia Penal Federal, para quedar como sigue:

"Artículo 4. En los Centros de Justicia Penal Federal, la asignación de los asuntos entre las y los jueces, así como la programación de las audiencias, se llevará a cabo de manera automática y exclusivamente a través del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, atendiendo a la disponibilidad de juzgador, sala, espacio en la agenda diaria y, la modalidad de su celebración, presencial o por videoconferencia.

El turno de asuntos realizará la distribución equitativa. Las y los jueces de control conocerán de forma ordinaria de los asuntos desde el inicio de la etapa de investigación hasta el dictado del auto de apertura a juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 350 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y lo dispuesto por los Lineamientos para el turno automatizado y equilibrado de los asuntos en los Centros de Justicia Penal Federal.

En los casos en que haya actuaciones previas a la judicialización de un asunto, la Jueza o Juez que conoció de esa actuación, también conocerá del nuevo asunto, garantizando en todo momento el cumplimiento irrestricto del artículo 350 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Artículo 6

Corresponde al Administrador de los Centros de Justicia Penal Federal:

  1. Configurar los días inhábiles de turno, habilitar o inhabilitar a los jueces que integran el Centro de Justicia Penal Federal para que el sistema de gestión realice el turno automático y equilibrado de asuntos, así como la programación de sus respectivas audiencias, considerando periodos vacacionales o ausencia de alguno de ellos por causa diversa, en cuyo caso registrará los motivos de la ausencia.

    En caso de ausencia de alguno de los Jueces integrantes del Centro de Justicia Penal Federal, será indispensable el registro de la misma en el sistema para que se excluya del turno automatizado de asuntos en el periodo marcado;

  2. Supervisar que previo al turno de los asuntos y programación de sus respectivas audiencias, se encuentre capturada toda la información requerida en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, con la finalidad de que el sistema pueda efectuar el turno y, de ser el caso, la programación de la audiencia;

  3. Solicitar el turno de los asuntos, así como la programación de audiencias en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes e indicar lo siguiente:

    1. Señalar el tipo de asunto a efecto de que sea turnado a una o un juez;

    2. Señalar el tipo de audiencia y si su prioridad es "Alta" o "Baja".

      Tratándose de audiencias iniciales con detenido o de carácter urgente deberá clasificarla con prioridad "Alta" y asentar la fecha y hora que conforme a las características del caso cumpla con la obligación de celebrarla de inmediato.

      Cuando la prioridad sea "Baja", el sistema buscará la sala, fecha y hora más próximas, previendo los actos procesales que deban realizarse previos a la celebración de la audiencia en horario ordinario;

    3. En las audiencias con detenido, prever y registrar el tiempo de traslado de los imputados al Centro de Justicia Penal Federal para que el sistema lo contemple para la reservación de audiencia;

    4. En las audiencias que ameriten el empleo del equipo móvil, además de registrar el tiempo de duración de audiencia, prever y registrar el tiempo de traslado del Juez hacia el lugar de celebración de la audiencia con el fin de que el sistema no contemple en el turno de las siguientes audiencias a ese Juez en el periodo establecido;

    5. Señalar si se requiere de la presencia de un defensor público para que el sistema asigne automáticamente uno de los adscritos al Centro de Justicia Penal Federal o habilitados por las Delegaciones del Instituto Federal de Defensoría Pública.

      El Instituto Federal de Defensoría Pública, a través de sus Delegados, mantendrá actualizada diariamente en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes la plantilla de Defensores Públicos adscritos y habilitados por Centro de Justicia Penal Federal que se encuentren disponibles para atender la audiencia que se programe; y

    6. Registrar el correo electrónico de las personas imputadas, defensores públicos y defensores privados cuando estos lo hayan proporcionado, para notificarles la fecha y hora señalada, así como la sala, en que se celebrará la audiencia; y

  4. En caso de cancelación de audiencia, exponer el motivo de la cancelación y asentar su firma electrónica para validar dicha cancelación, así como en el supuesto en el que se requiera reprogramar la audiencia porque el juez no se encuentre presente para iniciarla.

    Si una cancelación o reprogramación de audiencia se hace a instrucción de un juez, éste lo hará directamente mediante su firma electrónica y la correspondiente justificación.

    En los demás casos en que estando presente el juez asignado por el sistema para atender determinado asunto y, de ser el caso, la correspondiente audiencia, y se tenga que reprogramar por imposibilidad de éste, el propio juzgador será el responsable de justificar directamente el cambio en el sistema de gestión.

    Cuando un juzgador no pueda celebrar una audiencia, relativa a un asunto que le fue turnado, se deberá justificar la necesidad de que sea uno diverso el que la conduzca.

Artículo 7 ...

En el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes se programará la hora y asignará la audiencia al juzgador que conoce del asunto.

Artículo 8

En caso de que sea necesario sustituir a alguno de los juzgadores, esta recaerá en cualquiera del mismo Centro; en caso de no ser posible, deberá hacerse del conocimiento de la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos y de la Unidad para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal, para que sea analizada y en su caso, se efectúe la propuesta respectiva al órgano competente a fin de que se determine el Juez al que le corresponderá la sustitución.".

SEGUNDO. Se reforma el artículo 8 del Acuerdo General 51/2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que crea el Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Puebla, para quedar como sigue:

Artículo 8. El Centro contará con una Oficialía de Partes Común, que dará servicio a los juzgadores que lo integran, de conformidad con las disposiciones aplicables.

El sistema de turno y distribución de asuntos será automático y equitativo, de conformidad con lo dispuesto por el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la asignación de audiencias y asuntos, la rendición de estadística y los libros electrónicos de control en los Centros de Justicia Penal Federal, y en atención a lo siguiente:

I. Los asuntos urgentes que se reciban durante las guardias, deberán ser atendidos por la o el juez de Distrito Especializado en el sistema penal acusatorio en funciones de control y enjuiciamiento que deba cubrirla, o el juzgador de Ejecución, para los asuntos previstos en la Ley Nacional de Ejecución Penal; y

II. Los asuntos relacionados con la materia de ejecución penal, serán competencia del Juez de Ejecución.

Corresponde a las Direcciones Generales de Gestión Judicial y de Tecnologías de la Información el diseño operativo del sistema automatizado de turno y distribución de asuntos; y la elaboración de sus lineamientos, con la opinión de la Unidad para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal, los cuales serán sometidos directamente por éstas a...

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