Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma el similar que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo, en relación con la autorización de Comisiones Internacionales

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EmisorConsejo de la Judicatura Federal

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL QUE REFORMA EL SIMILAR QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DEL PROPIO CONSEJO, EN RELACIÓN CON LA AUTORIZACIÓN DE COMISIONES INTERNACIONALES.

CONSIDERANDO

PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;

TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y

CUARTO. Corresponde al Consejero Presidente representar al Consejo, por sí o por medio del servidor público que se designe conforme a la normativa aplicable, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 18, fracción I, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo.

En este orden de ideas, y en concordancia con dicha atribución de representación del Consejo, este órgano colegiado estima oportuno conferir la potestad al Consejero Presidente de autorizar comisiones internacionales.

Por lo anterior, se expide el siguiente

ACUERDO

ARTÍCULO ÚNICO

Se reforman los artículos 744, fracción I, y 835 Sexies del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo, para quedar como sigue:

Artículo 744. ...

I. Para la asignación de viáticos en el desempeño de comisiones tanto en territorio nacional como en el extranjero, observar las disposiciones...

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