Acuerdo General Conjunto AGC/4/2022, del Pleno del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura, por el que se unifica el Formato de las Sentencias emitidas por Órganos Jurisdiccionales del Poder Judicial del Estado de Querétaro.

Pág. 2302 PERIÓDICO OFICIAL 2 de febrero de 2022
PODER JUDICIAL
ACUERDO GENERAL CONJUNTO AGC/4/2022, DEL PLENO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Y
DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA, POR EL QUE SE UNIFICA EL FORMATO DE LAS SENTENCIAS
EMITIDAS POR ÓRGANOS JURISDICCIONALES DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
C O N S I D E R A N D O
I. Derivado de los artículos 116 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
25, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro, 1, 2, 24 fracciones XIV, XXIII,
de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Querétaro, el ejercicio de la función judicial se
deposita en el Poder Judicial del Estado de Querétaro, integrado por el Tribunal Superior de Justicia y los
juzgados; correspondiéndole al Pleno del primero de los mencionados, la vigilancia y disciplina del
Tribunal Superior de Justicia, siendo competente además para:
Establecer los criterios y las medidas conducentes para el mejoramiento de la impartición y
administración de justicia, así como solicitar al Consejo de la Judicatura la expedición de acuerdos
generales que considere necesarios para asegurar un adecuado ejercicio de la función jurisdiccional
en el Estado (artículo 24 fracción XIV de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Querétaro);
Supervisar el funcionamiento de las salas y demás dependencias del Tribunal Superior de Justicia
(artículo 24 fracción XXIII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Querétaro);
II. Atento a lo dispuesto en los artículos 30 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Querétaro y 114 fracción XVI de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Querétaro, corresponde
al Consejo de la Judicatura, ser un órgano del mismo Poder Estatal, con independencia técnica, de
gestión y para emitir sus resoluciones y facultado para expedir Reglamentos relativos al ejercicio de sus
funciones, de las dependencias administrativas y órganos jurisdiccionales, así como el de carrera judicial,
el régimen disciplinario del Poder Judicial y emitir los acuerdos generales que fueren necesarios para el
adecuado cumplimiento de sus atribuciones.
III. Conforme a la interpretación de los artículos 116 fracción III de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, 25, 30 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro, 1, 2, 24
fracciones XIV, XXIII y 114 fracción XVI de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Querétaro,
en la aprobación del formato de las sentencias emitidas por los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial
del Estado de Querétaro, deben participar de forma conjunta el Pleno del Tribunal Superior de Justicia y
el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Querétaro, ya que su campo de aplicación
abarca a todos los órganos del Poder Judicial.
IV. Que derivado de la obligación a cargo del Poder Judicial del Estado de Querétaro como sujeto obligado
en materia de transparencia y acceso a la información pública, para elaborar versión pública de las
sentencias emitidas por los órganos judiciales, de acuerdo con los artículos 73, fracción II de la Ley
General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 69, fracción II de la Ley de Transparencia
y Acceso a la Información Pública del Estado de Querétaro, así como del deber correlativo de proteger
los datos personales, el Poder Judicial del Estado de Querétaro, ha implementado acciones de mejora
que tengan por objeto unificar la información que identifica los expedientes formados con motivo de los
procedimientos llevados ante los órganos jurisdiccionales y que faciliten la identidad homogénea de los
acervos documentales de la institución a fin de que las autoridades jurisdiccionales cuenten con una guía
para la aplicación correcta del formato de sentencias y éstas se reproduzcan con fidelidad, evitando
variaciones innecesarias (tipo de estructura, fuente y tamaño de letra, etcétera), a veces hasta en el
mismo órgano jurisdiccional; por lo tanto, a efecto de homogeneizar la presentación de las sentencias
que después deberán pasar a versión pública y que sean un elemento de identidad como Poder Judicial
del Estado de Querétaro, es necesario emitir los lineamientos para la unificación de tales resoluciones.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR