Acuerdo General 55/2018 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la denominación, competencia, residencia, domicilio, jurisdicción territorial y fecha de inicio de funciones del Juzgado de Distrito en Materia Mercantil Federal en el Estado de Chiapas, con residencia en Tuxtla Gutiérrez; así como a la distribución de asuntos entre los Juzgados de Distrito de Amparo y Juicios Federales en la entidad federativa y residencia indicados; y que reforma el similar 3/ 2013, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos Judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito.
Fecha de Resolución | 21 de Enero de 2019 |
Emisor | Primera Seccion |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 55/2018, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA DENOMINACIÓN, COMPETENCIA, RESIDENCIA, DOMICILIO, JURISDICCIÓN TERRITORIAL Y FECHA DE INICIO DE FUNCIONES DEL JUZGADO DE DISTRITO EN MATERIA MERCANTIL FEDERAL EN EL ESTADO DE CHIAPAS, CON RESIDENCIA EN TUXTLA GUTIÉRREZ; ASÍ COMO A LA DISTRIBUCIÓN DE ASUNTOS ENTRE LOS JUZGADOS DE DISTRITO DE AMPARO Y JUICIOS FEDERALES EN LA ENTIDAD FEDERATIVA Y RESIDENCIA INDICADOS; Y QUE REFORMA EL SIMILAR 3/2013, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA DETERMINACIÓN DEL NÚMERO Y LÍMITES TERRITORIALES DE LOS CIRCUITOS JUDICIALES EN QUE SE DIVIDE LA REPÚBLICA MEXICANA; Y AL NÚMERO, A LA JURISDICCIÓN TERRITORIAL Y ESPECIALIZACIÓN POR MATERIA DE LOS TRIBUNALES DE CIRCUITO Y DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO.
CONSIDERANDO
En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
Los artículos 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 81, fracciones VI y XXIV; y 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número, límites territoriales y, en su caso, especialización por materia de los Juzgados de Distrito, en cada uno de los Circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana; así como dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los Juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución, esta última, que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, en términos del artículo 42, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo;
El artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
El veintisiete de enero de dos mil once, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código de Comercio; el cual adicionó al Código de Comercio un Título Especial denominado "Del Juicio Oral Mercantil" lo que incidió en el ámbito competencial de los Juzgados de Distrito por ser la materia...
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Acuerdo CCNO/7/2021 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión del turno de nuevos asuntos mercantiles no orales, por seis meses, al Juzgado de Distrito en Materia Mercantil Federal en el Estado de Chiapas, con residencia en Tuxtla Gutiérrez; así como a la competencia temporal de los Juzgados de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas, con residencia en la misma ciudad para conocer de asuntos mercantiles no orales y comunicaciones oficiales en materia mercantil.
...del propio Consejo; CUARTO. El 21 de enero de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo General 55/2018 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la denominación, competencia, residencia, domicilio, jurisdicción territorial y fecha de inicio de funci......