ACUERDO General 39/2015, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma diversos acuerdos generales en materia de vacaciones de los servidores públicos de los Centros de Justicia Penal Federal

Fecha de disposición11 Septiembre 2015
Fecha de publicación11 Septiembre 2015
SecciónUNICA. Poder Judicial

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 39/2015, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA DIVERSOS ACUERDOS GENERALES EN MATERIA DE VACACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LOS CENTROS DE JUSTICIA PENAL FEDERAL.

CONSIDERANDO

PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;

TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;

CUARTO. De conformidad con el artículo 81, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal establecer la normatividad y los criterios para modernizar los sistemas y procedimientos administrativos internos; y

QUINTO. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal determinó que es necesario que todos los servidores públicos de los Centros de Justicia Penal Federal gocen del mismo número de días que el resto del Poder Judicial de la Federación.

Por lo anterior, se expide el siguiente

ACUERDO

ARTÍCULO PRIMERO

Se reforma el artículo 18 del Acuerdo General 51/2014, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que crea el Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Puebla, para quedar como sigue:

Artículo 18. El personal de los juzgados de Distrito del Centro junto con su titular disfrutarán de los periodos vacacionales de quince días a que se refiere el artículo 160 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el primero durante julio y agosto y, el segundo, en diciembre y enero, en términos del artículo 100 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la carrera judicial y las condiciones de los funcionarios judiciales, en el orden que los titulares de dichos órganos jurisdiccionales consensen. En caso de que no se logre el consenso será la Comisión de Carrera Judicial o la Comisión de Receso, quien...

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