Acuerdo General 37/2023 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la modificación de la jurisdicción territorial de los Juzgados de Distrito en el Estado de Oaxaca, con residencia en San Bartolo Coyotepec; la modificación de la jurisdicción territorial de los Juzgados de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Boca del Río; y que reforma el similar 3/ 2013, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los circuitos judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales Colegiados de Circuito, los Tribunales Colegiados de Apelación y los Juzgados de Distrito.

Fecha de publicación26 Diciembre 2023
EmisorCONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
SecciónUNICA. Poder Judicial
ACUERDO General 37/2023 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la modificación de la jurisdicción territorial de los Juzgados de Distrito en el Estado de Oaxaca, con residencia en San Bartolo Coyotepec; la modificación de la jurisdicc
ACUERDO General 37/2023 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la modificación de la jurisdicción territorial de los Juzgados de Distrito en el Estado de Oaxaca, con residencia en San Bartolo Coyotepec; la modificación de la jurisdicción territorial de los Juzgados de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Boca del Río; y que reforma el similar 3/2013, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los circuitos judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales Colegiados de Circuito, los Tribunales Colegiados de Apelación y los Juzgados de Distrito. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 37/2023, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA MODIFICACIÓN DE LA JURISDICCIÓN TERRITORIAL DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN EL ESTADO DE OAXACA, CON RESIDENCIA EN SAN BARTOLO COYOTEPEC; LA MODIFICACIÓN DE LA JURISDICCIÓN TERRITORIAL DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN EL ESTADO DE VERACRUZ, CON RESIDENCIA EN BOCA DEL RÍO; Y QUE REFORMA EL SIMILAR 3/2013, RELATIVO A LA DETERMINACIÓN DEL NÚMERO Y LÍMITES TERRITORIALES DE LOS CIRCUITOS JUDICIALES EN QUE SE DIVIDE LA REPÚBLICA MEXICANA; Y AL NÚMERO, LA JURISDICCIÓN TERRITORIAL Y ESPECIALIZACIÓN POR MATERIA DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO, LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE APELACIÓN Y LOS JUZGADOS DE DISTRITO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 73 y 86, fracción II, de la Ley Orgánicadel Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. Los artículos 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 86, fracción V y 124 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número, límites territoriales y, en su caso, especialización por materia de los juzgados de Distrito en cada uno de los circuitos. Estas atribuciones se ejercen a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, en términos del artículo 42, fracción I, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo;
TERCERO. El artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que los tribunales estarán expeditos para impartir justicia en los plazos y términos que fijen las leyes; y
CUARTO. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión celebrada el 29 de noviembre de 2023, aprobó el Punto de Acuerdo 220/2023, relativo a la reconfiguración de la competencia de los Juzgados de Distrito en el Estado de Oaxaca, con residencia en San Bartolo Coyotepec, respecto a trasladar la jurisdicción territorial de diversos municipios del propio Estado a los Juzgados de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Boca del Río.
Lo anterior, con la finalidad de garantizar un acceso a la justicia más eficiente en favor de los justiciables, con motivo de las distancias y tiempo de traslado.
Por lo anterior, se expide el siguiente
ACUERDO
Artículo 1. Los Juzgados de Distrito Primero, Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto, Octavo, Noveno, Décimo y Decimoprimero, todos en el Estado de Oaxaca, con residencia en San Bartolo Coyotepec, a partir del 1 de enero de 2024, dejarán de conocer de los asuntos que tengan su origen y procedencia en los municipios de la propia entidad federativa siguientes: Acatlán de Pérez Figueroa, Ayotzintepec, Cosolapa, Eloxochitlán de Flores Magón, Huautepec, Huautla de Jiménez, Loma Bonita, San Andrés Teotilálpam, San Bartolomé Ayautla, San Felipe Jalapa de Díaz, San Felipe Usila, San Francisco Huehuetlán, San Jerónimo Tecóatl, San José Chiltepec, San José Independencia, San José Tenango, San Juan Bautista Tuxtepec, San Juan Bautista Valle Nacional, San Juan Coatzóspam, San Lorenzo Cuaunecuiltitla, San Lucas Ojitlán, San Lucas Zoquiápam, San Miguel Soyaltepec, San Pedro Ixcatlán, San Pedro Ocopetatillo, San Pedro Teutila, Santa Ana Ateixtlahuaca, Santa Cruz Acatepec, Santa María Teopoxco, Santa María Chilchotla, Santa María Jacatepec, Santa María La Asunción y San Mateo Yoloxochitlán; conservando su actual competencia mixta.
Artículo 2. Los Juzgados de Distrito Tercero, Cuarto, Quinto y Sexto, todos en el Estado de Veracruz, con residencia en Boca del Río, modifican su jurisdicción...

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