Acuerdo General 27/2021 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de residencia y domicilio del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan; y que reforma el similar 3/2013, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los circuitos judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito.

Fecha de publicación14 Enero 2022
SecciónUNICA. Poder Judicial
EmisorCONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
ACUERDO General 27/2021 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de residencia y domicilio del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan; y que reforma el similar 3/
ACUERDO General 27/2021 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de residencia y domicilio del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan; y que reforma el similar 3/2013, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los circuitos judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 27/2021, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL CAMBIO DE RESIDENCIA Y DOMICILIO DEL JUZGADO CUARTO DE DISTRITO DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE JALISCO, CON RESIDENCIA EN ZAPOPAN; Y QUE REFORMA EL SIMILAR 3/2013, RELATIVO A LA DETERMINACIÓN DEL NÚMERO Y LÍMITES TERRITORIALES DE LOS CIRCUITOS JUDICIALES EN QUE SE DIVIDE LA REPÚBLICA MEXICANA; Y AL NÚMERO, A LA JURISDICCIÓN TERRITORIAL Y ESPECIALIZACIÓN POR MATERIA DE LOS TRIBUNALES DE CIRCUITO Y DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 73 y 86, fracciones II y XIX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus atribuciones y cambiar la residencia de los Juzgados de Distrito;
SEGUNDO. El artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, lo cual hace necesario que los órganos jurisdiccionales se encuentren en condiciones físicas convenientes para garantizar la impartición de justicia pronta, completa, imparcial y gratuita, como lo ordena el precepto constitucional invocado. Por tal motivo, el Consejo de la Judicatura Federal estima conveniente realizar el cambio de residencia y domicilio del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, con la finalidad de que el mayor número de los Juzgados de Distrito de la especialización indicada se encuentren en la misma residencia, así como para contar con espacios para la instalación de diversos órganos jurisdiccionales; y
TERCERO. En términos del Acuerdo General 3/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos Judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a...

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