Acuerdo General 2/2016 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de funciones del Noveno Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en Cuernavaca, Morelos y su transformación en Segundo Tribunal Unitario del Decimoctavo Circuito, así como a su competencia, jurisdicción territorial, domicilio, y fecha de inicio de funciones y residencia. Al cambio de denominación del Tribunal Unitario del mismo Circuito y residencia. Así como a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los Tribunales Unitarios del Circuito y residencia indicados; y a la conclusión de funciones de la oficina de correspondencia común del Centro Auxiliar de la Primera Región en Cuernavaca, Morelos y su transformación en oficina de correspondencia común de los Tribunales Unitarios del Decimoctavo Circuito en Cuernavaca, Morelos

Fecha de disposición08 Febrero 2016
Fecha de publicación08 Febrero 2016
EmisorCONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
SecciónSEGUNDA. Poder Judicial

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 2/2016, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA CONCLUSIÓN DE FUNCIONES DEL NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA PRIMERA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN CUERNAVACA, MORELOS Y SU TRANSFORMACIÓN EN SEGUNDO TRIBUNAL UNITARIO DEL DECIMOCTAVO CIRCUITO, ASÍ COMO A SU COMPETENCIA, JURISDICCIÓN TERRITORIAL, DOMICILIO, Y FECHA DE INICIO DE FUNCIONES Y RESIDENCIA. AL CAMBIO DE DENOMINACIÓN DEL TRIBUNAL UNITARIO DEL MISMO CIRCUITO Y RESIDENCIA. ASÍ COMO A LAS REGLAS DE TURNO, SISTEMA DE RECEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ASUNTOS ENTRE LOS TRIBUNALES UNITARIOS DEL CIRCUITO Y RESIDENCIA INDICADOS; Y A LA CONCLUSIÓN DE FUNCIONES DE LA OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN DEL CENTRO AUXILIAR DE LA PRIMERA REGIÓN EN CUERNAVACA, MORELOS Y SU TRANSFORMACIÓN EN OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN DE LOS TRIBUNALES UNITARIOS DEL DECIMOCTAVO CIRCUITO EN CUERNAVACA, MORELOS.

CONSIDERANDO

PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracciones II y V, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

SEGUNDO. Los artículos 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 81, fracciones IV, V y XXIV, así como 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número, límites territoriales y, en su caso, la especialización por materia de los tribunales colegiados, en cada uno de los Circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana, así como dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución, esta última, que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, en términos del artículo 42, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo;

TERCERO. El artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;

CUARTO. El incremento en el número de ingresos y la complejidad en el trámite de los mismos, ha ocasionado el aumento en las cargas de trabajo del Tribunal Unitario del Decimoctavo Circuito, con residencia en Cuernavaca, Morelos, lo que hace necesario establecer un nuevo órgano jurisdiccional en el referido Circuito;

QUINTO. La instalación e inicio de funciones de nuevos órganos jurisdiccionales tiene como limitante la escasez de recursos presupuestales en proporción a los requerimientos para todo el país;

SEXTO. A fin de dar cumplimiento al artículo 17 de la Constitución General de la República, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de diecisiete de junio de dos mil quince, aprobó el Dictamen relativo a la transformación del Noveno Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en Cuernavaca, Morelos, en Segundo Tribunal Unitario del...

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