Acuerdo General 14/2021 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de residencia y domicilio del Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Decimotercer Circuito; y que reforma el similar 3/2013, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los circuitos judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito.

JurisdicciónMéxico
Fecha de la decisión08 Septiembre 2021
Año2021
Fecha de publicación25 Octubre 2021
Número de acuerdo14-2021-AC

PODER JUDICIAL

CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL

ACUERDO General 14/2021 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de residencia y domicilio del Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Decimotercer Circuito; y que reforma el similar 3/2013, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los circuitos judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 14/2021, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL CAMBIO DE RESIDENCIA Y DOMICILIO DEL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y ADMINISTRATIVA DEL DECIMOTERCER CIRCUITO; Y QUE REFORMA EL SIMILAR 3/2013, RELATIVO A LA DETERMINACIÓN DEL NÚMERO Y LÍMITES TERRITORIALES DE LOS CIRCUITOS JUDICIALES EN QUE SE DIVIDE LA REPÚBLICA MEXICANA; Y AL NÚMERO, A LA JURISDICCIÓN TERRITORIAL Y ESPECIALIZACIÓN POR MATERIA DE LOS TRIBUNALES DE CIRCUITO Y DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO.

CONSIDERANDO

PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 73 y 86, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones. Además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus atribuciones;

SEGUNDO. El artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, lo cual hace necesario que los órganos jurisdiccionales se encuentren en condiciones físicas convenientes para garantizar la impartición de justicia pronta, completa, imparcial y gratuita, como lo ordena el precepto constitucional invocado. Por tal motivo, el Consejo de la Judicatura Federal estima conveniente realizar el cambio de residencia y domicilio del Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Decimotercer Circuito, con residencia en San Bartolo Coyotepec, con la finalidad de que los dos tribunales que comparten la semiespecialización indicada se encuentren en la misma residencia, lugar en el que de igual forma se ubica la Oficina de Correspondencia Común que les presta servicio; y

TERCERO. En términos del Acuerdo General 3/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos Judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por Materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito; el Tribunal Colegiado señalado en el considerando anterior ejerce jurisdicción territorial en el Estado de Oaxaca, sin embargo, debido a su cambio de domicilio a la ciudad de Oaxaca resulta necesario modificar el Acuerdo General antes citado.

Por lo anterior, se expide el siguiente

ACUERDO

Artículo 1. Se autoriza el cambio de residencia y domicilio del Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Decimotercer Circuito, con residencia en San Bartolo Coyotepec.

Artículo 2. El nuevo domicilio del Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Decimotercer Circuito, es Avenida J.7., colonia Centro, código postal 68000, Oaxaca, Oaxaca.

Artículo 3. El Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Decimotercer Circuito, iniciará funciones en su nuevo domicilio el 16 de enero de 2022.

Artículo 4. A partir del 16 de enero de 2022, toda la correspondencia, trámites y diligencias relacionados con los asuntos de la competencia del Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Decimotercer Circuito, deberán dirigirse y realizarse en el domicilio precisado en el artículo 2 de este...

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