Acuerdo General 10/2015 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma, adiciona y deroga disposiciones del similar 36/2014, que regula los Centros de Justicia Penal Federal

Fecha de disposición13 Marzo 2015
Fecha de publicación13 Marzo 2015
EmisorCONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
SecciónPRIMERA. Poder Judicial

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 10/2015, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DISPOSICIONES DEL SIMILAR 36/2014, QUE REGULA LOS CENTROS DE JUSTICIA PENAL FEDERAL.

CONSIDERANDO

PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;

TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;

CUARTO. Atendiendo a lo previsto en el artículo 81, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal establecer la normatividad y los criterios para modernizar los sistemas y procedimientos administrativos internos;

QUINTO. Con la experiencia adquirida, se estima que por la naturaleza especializada de las labores que desempeñan los Administradores, las funciones de éstos deben realizarse por los propios juzgadores adscritos al Centro de Justicia Penal federal; y

SEXTO. A fin de garantizar que se cuente con los perfiles más especializados para cubrir el resto de la plantilla de personal del Centro de Justicia Penal federal, se considera idóneo que los procedimientos de selección estén ligados a los programas de capacitación a cargo del Instituto de la Judicatura.

Por lo anterior, se expide el siguiente

ACUERDO

ARTÍCULO ÚNICO

Se reforman los artículos 6, segundo párrafo; 7 a 9; 10, párrafo primero; 11, fracción II y segundo párrafo; se adiciona la fracción VII Bis al...

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