Acuerdo General 03/2021, que modifica las acciones que tomará la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro, como medidas de prevención ante la contingencia sanitaria del COVID-19.

6 de abril de 2021 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 10229
DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS
DE QUERÉTARO
ACUERDO GENERAL 03/2021
DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS DE QUERÉTARO
Roxana Ávalos Vázquez, en mi carácter de Presidenta de la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro, con
fundamento en los artículos 1 y 102, Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unid os Mexicanos; 33,
Apartado A, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro, en relación con el diverso 28,
fracciones I y V de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Querétaro; y
CONSIDERANDO
1. El 20 de marzo de 2020, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de
Arteaga”, el Acuerdo General 02/2020, en el que se establecieron las acciones que tomó la Defensoría de los Derechos
Humanos de Querétaro, como medidas de prevención ante la contingencia sanitaria del SARS-CoV2 (COVID-19); en
el que se dispuso que se suspendían las actividades presenciales del 23 de marzo al 19 de abril de 2020.
2. Posteriormente, el 30 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que el
Consejo de Salubridad General, declaró como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de
enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), en cuyo numeral segundo se estableció que la Secretaría
de Salud Federal, determinaría todas las acciones que resultaran necesarias para atender la referida emergencia.
3. En razón de lo anterior, mediante publicación en el citado medio de difusión oficial del 31 de marzo de 2020, se
expidió el acuerdo por el que la aludida dependencia federal estableció acciones extraordinarias para atender la
emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), previéndose en el artículo primero, fracción I, la
suspensión inmediata de las actividades no esenciales del 30 de marzo al 30 de abril de 2020, con la finalidad de mitigar
la dispersión y transmisión del virus en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y la
muerte por dicho virus de la población residente en el territorio nacional.
4. En atención a las medidas preventivas sanitarias emitidas por la autoridades federales y est atales, el 15 de abril de
2020, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”, el Acuerdo
General 03/2020, a través del cual se modificó el período de la suspensión de actividades presenciales decretada
mediante el Acuerdo General 02/2020, ampliándose del 20 al 30 de abril de 2020, para retomar las actividades de
manera regular el día hábil siguiente.
5. No obstante, el 21 de abril de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se modifica
el similar por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus
SARS-CoV2, publicado el 31 de marzo de 2020; en virtud del cual se determinó, entre otras cuestiones, modificar la
fracción I, del artículo primero de éste último acuerdo federal, ordenándose la suspensión inmediata de las actividades
no esenciales del 30 de marzo al 30 de mayo de 2020, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus
SARS-CoV2 en la comunidad.
6. Por lo anterior, en seguimiento a las medidas preventivas sanitarias emitidas por la autoridades federales y estatales,
el 30 de abril de 2020, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”,
el Acuerdo General 04/2020, a través del cual se modificó el período de la suspensión de actividades presenciales
decretada mediante el Acuerdo General 03/2020, ampliándose del 04 al 17 de mayo de 2020, para retomar las
actividades de manera regular el día hábil siguiente.

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