Acuerdo General 03/2020, que modifica las acciones que tomará la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro, como medidas de prevención ante la contingencia sanitaria del COVID-19.

Pág. 7918 PERIÓDICO OFICIAL 15 de abril de 2020
DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS
DE QUERÉTARO
ACUERDO GENERAL 03/2020
DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS DE QUERÉTARO
Dra. Roxana Ávalos Vázquez, en mi carácter de Presidenta de la Defensoría de los Derechos Humanos de
Querétaro, con fundamento en los artículos 1 y 102, Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 33, Apartado A, de la Constitución Política del Estado de Querétaro, en relación con el diverso 28,
fracciones I y V de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Querétaro; y
CONSIDERANDO
1. El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró al coronavirus COVID-19 como
una pandemia global, debido al incremento en el número de casos existentes en los países; por lo que consideró
tal circunstancia como una emergencia de salud pública de relevancia internacional.
2. El 18 de marzo de 2020, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra
de Arteaga”, el Acuerdo de Recomendaciones Generales COVID-19 emitidas por la Secretaría de Salud del Poder
Ejecutivo del Estado de Querétaro; estableciendo en la recomendación primera, fracción XI “aplicar alternativas
o modalidades para la ejecución de actividades laborales, a fin de disminuir las presenciales”.
3. El 19 de marzo de 2020, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra
de Arteaga”, el Acuerdo de Medidas de Seguridad Sanitaria, emitido por el Consejo Estatal de Seguridad de
Querétaro, por medio del cual se establecieron 28 medidas para controlar y mitigar la enfermedad COVID-19.
4. En la medida décima del Acuerdo de Medidas de Seguridad Sanitaria, se señala que las autoridades estatales
y municipales en el ámbito de su competencia, determinarán acciones que aseguren distanciamiento social, para
garantizar el cumplimiento de las recomendaciones de las autoridades sanitarias.
5. E 23 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que el Consejo de
Salubridad General reconoce a la epidemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en México, como una
enfermedad grave de atención prioritaria y se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha
epidemia.
6. El 24 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se establecen
las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que
implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), emitido por la Secretaría de Salud Federal.
7. El artículo primero del acuerdo descrito previamente, señala que las autoridades civiles, militares y los
particulares, así como las dependencias y entidades de los tres órdenes de gobierno, estarán obligadas a la
instrumentación de las medidas preventivas contra la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).
Asimismo, el artículo segundo, inciso c), establece como medida preventiva la de suspender temporalmente las
actividades de los sectores público, social y privado que involucren la concentración física, tránsito o
desplazamiento de personas.
8. El 30 de marzo del año en curso, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que el
Consejo de Salubridad General declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de
enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), en cuyo numeral segundo prevé que la Secretaría
de Salud Federal, determinará todas las acciones que resulten necesarias para atender la referida emergencia.

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