ACUERDO GENERAL 009/2023

Fecha de publicación10 Abril 2023
Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 33Abril 10 de 2023 (Edición Vespertina)
INSTITUTO DE TRANSPARENCIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
ACUERDO GENERAL 009/2023 DEL PLENO DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA DEL ESTADO DE
AGUASCALIENTES, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LAS TABLAS DE APLICABILIDAD DE LAS
OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA COMUNES Y ESPECÍFICAS DE LOS SUJETOS OBLIGADOS EN
EL ESTADO, CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO DOS MIL VEINTITRÉS.
CONSIDERANDOS
I. De conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 70 de la Ley General de Transparencia
y Acceso a la Información Pública, así como el último párrafo del artículo 55 de la Ley de Transparencia
y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, los sujetos obligados
deben informar al Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes cuáles son los rubros que son
aplicables a sus páginas de internet, con el objeto de que estos se verifiquen y aprueben, de forma
fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado.
II. El numeral noveno fracción I de los Lineamientos Técnicos Generales para la Publicación, Homologación
y Estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el tulo Quinto y la fracción IV
difundir los sujetos obligados en los portales de internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia
establece que los Sujetos Obligados deberán informar a los organismos garantes, la relación de las
fracciones de las obligaciones de transparencia que les aplican y, en su caso de forma fundamentada y
motivada, las que no les aplican, lo anterior en la inteligencia que no se trata de la información que el
sujeto obligado no generó en un periodo determinado, sino de aquella que no generará en ningún
momento por no estar especificado en sus facultades, competencias y funciones otorgadas por los
ordenamientos jurídicos aplicables.
III. En sesión ordinaria de fecha veintitrés de marzo de dos mil veintidós fueron aprobadas por unanimidad
las tablas de aplicabilidad de las obligaciones de transparencia comunes y específicas que deben poner
a disposición de los particulares los sujetos obligados del ámbito estatal, a través de los portales de
internet y del Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia de la Plataforma Nacional de
Transparencia, dicho acuerdo fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes en fecha
veintiocho de marzo de dos mil veintidós.
IV. En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 95 fracción XIX y 99 fracción III del Reglamento Interior
del Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes publicado el veintiséis de octubre de dos mi l
veinte en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes y de última reforma publicada el dos de agosto
de dos mil veintiuno en el mencionado medio de difusión, a efecto de mantener actualizadas las tablas
de aplicabilidad de los sujetos obligados del ámbito estatal e incluir a los de reciente creación y/o
incorporación, se requirió a cada uno de los Titulares de los Sujetos Obligados del ámbito estatal, a decir,
Secretarios, Directores Generales, Presidentes u homólogos, para que remitieran a este Instituto la
propuesta de Tabla de Aplicabilidad de las Obligaciones de Transparencia Comunes y Especificas, lo
anterior tomando como base su reglamento interior, ley orgánica, estatutos o cualquier otro cuerpo jurídico
aplicable a cada sujeto en lo particular.
V. La información que hicieron llegar cada uno de los Titulares de los Sujetos Obligados fue sometida a
análisis, considerando la normativa aplicable, naturaleza jurídica y objeto social de cada uno de ellos, así
como las facultades, competencias y funciones que los ordenamientos jurídicos y administrativos otorgan
a los sujetos obligados, de modo que pudieran determinarse las obligaciones de transparencia comunes
y, en su caso, especificas con las que deberán cumplir.
VI. Respecto a los sujetos obligados que no rindieron el informe respecto de las obligaciones de
transparencia que les son aplicables, este organismo garante, procedió al análisis de la normatividad
aplicable a los sujetos obligados, a fin de determinar las fracciones comunes y específicas que les son
aplicables.
VII. El numeral cuarto fracción III de los Lineamientos Técnicos Generales establece que los sujetos obligados
de reciente creación y/o incorporación al Padrón de sujetos obligados contarán con un periodo de seis
meses para publicar en la Plataforma Nacional de Transparencia y en su portal de internet la información
derivada de las obligaciones de transparencia. Dicho periodo se contará a partir de que el Organismo
Garante proporcione al Titular de la Unidad de Transparencia, los elementos de seguridad de la
Plataforma Nacional para acceder a los sistemas y llevar a cabo el registro de la información, en el
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(Edición Vespertina)
entendido, que dichos elementos son la clave de usuario y contraseña para acceder a los sistemas
correspondientes de carga de información.
VIII. Las Tablas de Aplicabilidad contenidas en el Anexo Único del presente acuerdo, compilan la información
correspondiente a los artículos y fracciones que deberán dar a conocer los sujeto s obligados, por lo que
éstos deberán observar su cumplimiento; sin detrimento de que puedan acreditar ante este Instituto la
necesaria modificación de esta, de manera fundada y motivada.
Por las razones expuestas y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6º apartado A y 16 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3° fracción XVI, 37, 42 y 70 último párrafo de la Ley
General Transparencia y Acceso a la Información Pública; así como el artículo 62 A de la Consti tución Política
del Estado de Aguascalientes; 14, 15 fracciones II, IV, XV y XVII, 21 fracción I, 26 fracciones I y XII, y 55 último
párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus
Municipios, y 95 fracción XIX y 99 fracción III del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia del Estado
de Aguascalientes, el Pleno del de Transparencia del Estado de Aguascalientes, emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se aprueban las Tablas de Aplicabilidad de las Obligaciones de Transparencia comunes
y específicas de los Sujetos Obligados del ámbito estatal para el ejercicio dos mil veintitrés, conforme al
documento contenido en el Anexo Único que forma parte integral del presente Acuerdo y que modifica las
Tablas de Aplicabilidad publicadas el veintiocho de marzo de dos mil veintidós en el Periódico Oficial del
Estado de Aguascalientes.
SEGUNDO. Los sujetos obligados deberán actualizar y conservar la información en los plazos y
términos establecidos en los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y
estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del
sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, salvo que se trate
de la ejecución del presupuesto, en cuyo caso serán cuarenta y cinco días naturales, o bien que en otra
disposición normativa se establezca un plazo diverso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios.
Respecto de la publicación y actualización de la información que realizan los sujetos obligados del Estado
Aguascalientes y sus municipios en el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia de la Plataforma
Nacional de Transparencia, así como en sus portales de internet, correspondiente al primer trimestre del
ejercicio dos mil veintitrés, se aprueba ampliar el periodo de veinte días naturales hasta el treinta de abril de
dos mil veintitrés.
TERCERO. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva para que, por conducto de la Dirección de Asuntos
Jurídicos, Protección de Datos Personales y Evaluación, realice las gestiones necesarias a efecto de que el
presente Acuerdo y su Anexo se publiquen en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes. Asimismo,
una vez publicado el presente instrumento, a través del Departamento de Evaluación a la Información Pública,
se notifique a los sujetos obligados del ámbito estatal.
CUARTO. Se instruye a la Dirección de Informática, Tecnologías de la Información y Archivos
publique el presente Acuerdo y su Anexo en el portal institucional de este organismo garante.
QUINTO. El presente Acuerdo y su Anexo, entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el
Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes.
Así lo acordaron, por unanimidad de votos de los integrantes del Pleno del Instituto de Transparencia
del Estado de Aguascalientes, en sesión ordinaria celebrada en la Sala de Plenos de este Instituto, el día
cinco de abril de dos mil veintitrés. Los Comisionados y el Secretario Ejecutivo firman al calce para todos l os
efectos legales a que haya lugar---------------------- ------------------------------ --------------
LIC. MARCOS JAVIER TACHIQUIN RUBALCAVA
COMISIONADO PRESIDENTE
LIC. MÓNICA JANETH JIMÉNEZ RODRÍGUEZ
COMISIONADA
LIC. JORGE ARMANDO GARCÍA
BETANCOURT
COMISIONADO
LIC. VÍCTOR HUGO MELÉNDEZ MURILLO
SECRETARIO EJECUTIVO
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(Anexo Único del Acuerdo General 009/2023 mediante el cual se aprueban las Tablas de Aplicabilidad
de las Obligaciones Comunes y Específicas de los Sujetos Obligados del ámbito estatal,
correspondiente al ejercicio dos mil veintitrés.)
1. Poder Ejecutivo Estatal
a) Administración Pública Centralizada
Sujeto Obligado
Obligaciones Comunes
Obligaciones Específicas
Artículo 55 LTAIPEAM
Artículo 56 LTAIPEAM
Fracciones
aplicables
Fracciones
aplicables
Fracciones no
aplicables
Oficina del
Despacho de la
Persona Titular del
Poder Ejecutivo del
Estado
I, II, III, IV, V, VI,
VII, IX, XI, XIII,
XVI, XVII, XIX, XX,
XXVII, XXIX, XXX,
XXXIII, XXXIV,
XXXV, XXXIX,
XLI, XLV, XLVIII,
XLIX y
último párrafo
VIII, X, XII, XIV, XV,
XVIII, XXI, XXII,
XXIII, XXIV, XXV,
XXVI, XXVIII, XXXI,
XXXII, XXXVI,
XXXVII, XXXVIII,
XLVI y XLVII.
Ninguna I y II
Secretaría General
de Gobierno
I, II, III, IV, V, VI,
VII, IX, XI, XIII,
XVII, XIX, XX,
XXVII, XXIX, XXX,
XXXIII, XXXIV,
XXXV, XXXVI,
XXXVIII, XXXIX,
XLV,
XLVIII, XLIX,
último párrafo
VIII, X, XII, XIV, XV,
XXIII, XXIV, XXV,
XXVI, XXVIII, XXXI,
XXXII, XXXVII, XL,
XLI, XLII, XLIII,
XLIV, XLVI,
y XLVII.
Fracción I, incisos
c), e) y g); así como
artículo 63,
fracciones I a VIII
LTAIPEAM (Este
último por conducto
del Tribunal de
Arbitraje)
I, incisos a), b), d)
y f); y II, incisos a)
y b)
Secretaría de
Administración
I, II, III, IV, V, VI,
VII, VIII, IX, X, XI,
XIII, XIV, XVI,
XVII, XIX, XX,
XXVI, XXVII,
XXVIII, XXIX,
XXX, XXXII,
XXXIII, XXXIV,
XXXV, XXXVI,
XXXVII, XXXVIII,
XXXIX, XL, XLI,
XLIV, XLV,
XLVII,
XLVIII, XLIX
y
último párrafo.
XII, XV, XVIII, XXI,
XXII, XXIII, XXIV,
XXV, XXXI, XLII,
XLIII y XLVI
.
Ninguna.
I y II
Secretaría de
Finanzas
I, II, III, IV, V, VI,
VII, IX, XI, XIII,
XVI, XVII, XIX, XX,
XXI, XXII, XXV,
XXVI, XXVII,
XXIX, XXXI,
XXXIII, XXXIV,
XXXV, XXXVIII,
XXXIX, XLI, XLIII,
XLV, XLVII, XLVIII,
XLIX y
último párrafo.
VIII, X, XII, XIV, XV,
XVIII, XXIII, XXIV,
XXVIII, XXX, XXXII,
XXXVI, XXXVII, XL,
XLII, XLIV y XLVI.
Fracción I, incisos
b) y d)
Fracciones I,
incisos a), c), e), f)
y g); y II, incisos a)
y b)
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