Acuerdo G/S2/15/2016. SE FIJA la Jurisprudencia VII-J-2aS-101

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402
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
SALA SUPERIOR
SEGUNDA SECCIÓN
ACUERDO G/S2/15/2016
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA VII-J-2aS-101
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 75 y
76 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Admi-
nistrativo y 23, fracción VI, de la Ley Orgánica del Tribunal
Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y 18, fracción I,
del Reglamento Interior de este Órgano Colegiado; y toda
vez que se han resuelto en el mismo sentido cinco juicios
contencioso administrativos, se ja la jurisprudencia número
VII-J-2aS-101, de la Segunda Sección de la Sala Superior
del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, bajo
el siguiente rubro y texto:
NEGATIVA DEL TRATO ARANCELARIO PREFE-
RENCIAL. LA RESOLUCIÓN QUE LA DECLARA ES
ILEGAL CUANDO NO SE ACREDITA DE FORMA
FEHACIENTE LA NOTIFICACIÓN AL EXPORTADOR
Y/O PRODUCTOR DEL PROCEDIMIENTO DE VERI-
FICACIÓN DE ORIGEN.- En aquellos juicios tramitados
ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administra-
tiva, en que la parte actora sea el exportador a quien
afecta la negativa del trato arancelario preferencial,
respecto de los certi cados de origen que expidió y
controvierta la noti cación emitida dentro del procedi-
miento de veri cación de origen, conforme lo dispuesto
por el artículo 506 del Tratado de Libre Comercio de

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