Acuerdo nº G/JGA/84/2015 de Junta de Gobierno y Administración, 3 de Diciembre de 2015
Fecha de Resolución | 3 de Diciembre de 2015 |
Número de Resolución | G/JGA/84/2015 |
Junta de Gobierno y Administración
Acuerdo G/JGA/84/2015
Adscripción del Magistrado D.J. delC.J.G., a la Tercera Ponencia de la Décimo Primera Sala Regional Metropolitana.
Acuerdo General G/JGA/84/2015 de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, que establece la adscripción del Magistrado D.J. delC.J.G. a la Tercera Ponencia de la Décimo Primera Sala Regional Metropolitana.
C O N S I D E R A N D O
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Que el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que los tribunales del país estarán expeditos para impartir justicia de manera pronta, completa e imparcial, por lo que el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa se encuentra obligado a garantizar a los gobernados este derecho humano contenido en la Carta Magna de manera puntual;
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Que el artículo 39 de la Ley Orgánica de este Órgano Jurisdiccional, establece que la Junta de Gobierno y Administración es el órgano del Tribunal que tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, contando con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones, y que en términos de las fracciones I y XXII, del artículo 41 de la misma Ley, es facultad de la Junta de Gobierno y Administración expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal y dirigir la buena marcha del mismo, dictando las medidas necesarias;
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Que en términos de los artículos 46 y 47, del Reglamento Interior del mismo Tribunal, se entiende por administración la actividad tendiente a la correcta y adecuada planeación, organización, operación y control de las áreas del Tribunal que correspondan a sus competencias, para lo cual este órgano colegiado emitirá los acuerdos y las disposiciones de orden y buen gobierno que corresponda, teniendo el carácter de obligatorios y de observancia general en el Tribunal;
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Que de conformidad con el artículo 41, fracción V de la Ley citada, es facultad de la Junta de Gobierno y Administración adscribir a Salas Regionales, Especializadas o A., y en su caso, cambiar de adscripción a los Magistrados de Sala Regional y demás servidores públicos del Tribunal;
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Que mediante Acuerdo G/JGA/38/2012 de siete de septiembre de dos mil doce, la Junta de Gobierno y Administración adscribió al Magistrado D.J. delC.J.G. a la Tercera Ponencia de la Décimo Primera Sala Regional...
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