Acuerdo nº G/JGA/8/2015 de Junta de Gobierno y Administración, 13 de Febrero de 2015
Número de resolución | G/JGA/8/2015 |
Fecha | 13 Febrero 2015 |
G/JGA/8/2015 Junta de Gobierno y Administración
Acuerdo G/JGA/8/2015
Adscripción del Magistrado A.R.H.I. a la Segunda Ponencia de la Novena Sala Regional Metropolitana.
Acuerdo General G/JGA/8/2015 de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, que establece la adscripción del Magistrado A.R.H.I. a la Segunda Ponencia de la Novena Sala Regional Metropolitana.
C O N S I D E R A N D O
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Que el artículo 17, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los tribunales del país estarán expeditos para impartir justicia de manera pronta, completa e imparcial, por lo que el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa se encuentra obligado a garantizar a los gobernados este derecho humano contenido en la Carta Magna de manera puntual;
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Que el artículo 39, de la Ley Orgánica de este Órgano Jurisdiccional, establece que la Junta de Gobierno y Administración es el órgano del Tribunal que tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, contando con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones, y que en términos de las fracciones I y XXII, del artículo 41 de la misma Ley, es facultad de la Junta de Gobierno y Administración expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal y dirigir la buena marcha del mismo, dictando las medidas necesarias;
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Que en términos de los artículos 46 y 47, del Reglamento Interior del mismo Tribunal, se entiende por administración la actividad tendiente a la correcta y adecuada planeación, organización, operación y control de las áreas del Tribunal que correspondan a sus competencias, para lo cual este órgano colegiado emitirá los acuerdos y las disposiciones de orden y buen gobierno que corresponda, teniendo el carácter de obligatorios y de observancia general en el Tribunal;
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Que de conformidad con el artículo 41, fracción V, de la Ley citada, es facultad de la Junta de Gobierno y Administración adscribir a Salas Regionales, Especializadas o A. y, en su caso, cambiar de adscripción a los Magistrados de Sala Regional y demás servidores públicos del Tribunal;
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Que el doce de febrero de dos mil quince, la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión aprobó el nombramiento de Magistrado de Sala
Junta de Gobierno y Administración
Acuerdo G/JGA/8/2015
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