Acuerdo G/JGA/51/2015 por el que se dan a conocer las reglas de redistribución de expedientes para la Segunda Sala Regional de Oriente

Fecha de disposición19 Mayo 2015
Fecha de publicación19 Mayo 2015
SecciónTERCERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.

ACUERDO G/JGA/51/2015

REGLAS DE REDISTRIBUCIÓN DE EXPEDIENTES PARA LA SEGUNDA SALA REGIONAL DE ORIENTE.

Acuerdo General G/JGA/51/2015 de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, que establece las reglas de redistribución de expedientes para la Segunda Sala Regional de Oriente.

CONSIDERANDO

  1. - Que el Pleno de la Sala Superior de este Tribunal, mediante Acuerdo SS/6/2015 determinó la creación, entre otras, de una nueva Sala en la región Oriente, que se denominará Segunda Sala Regional de Oriente, con sede en el Municipio de San Andrés Cholula, Puebla.

  2. - Que el artículo Segundo Transitorio del Acuerdo SS/6/2015, establece que la Segunda Sala Regional de Oriente iniciará funciones a los treinta días naturales siguientes a la fecha en que la Junta de Gobierno y Administración adscriba a los Magistrados de Sala Regional necesarios para poder integrarla, conforme se indica en el artículo 31 de la Ley Orgánica del Tribunal.

  3. - Que el 30 de abril de 2015, mediante Acuerdos G/JGA/18/2015, G/JGA/39/2015 y G/JGA/41/2015, la Junta de Gobierno y Administración adscribió a los Magistrados que integrarán la Segunda Sala Regional de Oriente.

  4. - Que el 12 de mayo de 2015, mediante Acuerdo G/JGA/49/2015, la Junta de Gobierno y Administración determinó que la Segunda Sala Regional de Oriente iniciará funciones el día 1o. de junio de 2015.

  5. - Que en términos de lo dispuesto por el artículo Tercero Transitorio del Acuerdo SS/6/2015, esta Junta de Gobierno y Administración debe realizar la redistribución de expedientes para la Segunda Sala Regional de Oriente, conforme a una adecuada división de las cargas de trabajo existentes entre ésta y la Primera Sala Regional de Oriente.

  6. - Que de conformidad con los artículos 66, fracción IX, y 77, fracción VII, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el Sistema de Control y Seguimiento de Juicios constituye la única fuente de información oficialmente reconocida, el cual sirve de base para el control y evaluación de las actividades del Tribunal, correspondiendo a la Secretaría Operativa de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, vigilar la operación y funcionalidad del Sistema de Control y Seguimiento de Juicios.

  7. - Que conforme a la información estadística con que cuenta este Tribunal, en el mes de abril de este año, la Sala Regional de Oriente reportó el mayor número de expedientes en trámite de las Salas Regionales Metropolitanas, Especializadas y con sede fuera del Distrito Federal.

  8. - Que con la finalidad de atender el criterio de distribución adecuada, los expedientes que se encuentren radicados en la Primera Sala Regional de Oriente, en cualquier estado procesal hasta antes...

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