Acuerdo G/14/2016. Se fija la Jurisprudencia N° VII-J-SS-230

Páginas349-350
349
ACUERDOS JURISDICCIONALES DE SALA SUPERIOR
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
PLENO JURISDICCIONAL DE LA SALA SUPERIOR
ACUERDO G/14/2016
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA N° VII-J-SS-230
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 77 de
la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
y 18, fracción IX, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa, al haberse resuelto la con-
tradicción de sentencias 1665/14-17-05-7/YOTRO/1334/15-
PL-06-01, el 24 de febrero de 2016, por unanimidad de 10
votos a favor, se ja la jurisprudencia N° VII-J-SS-230, bajo
el siguiente rubro y texto:
COMPETENCIA TERRITORIAL DE LAS UNIDADES
ADMINISTRATIVAS CENTRALES DE LA SECRE-
TARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. SI NO
ESTÁ PREVISTA EXPRESAMENTE EN ALGÚN PRE-
CEPTO LEGAL, BASTA CON QUE EN EL ACTO DE
MOLESTIA SE CITEN AQUELLOS DE LOS QUE SE
DESPRENDA ESA CIRCUNSTANCIA.- Para cumplir
con la garantía de fundamentación establecida en el
artículo 16 constitucional, es necesario que la autori-
dad, sea scal o administrativa, precise su competencia
por razón de materia, grado o territorio, con base en la
ley, reglamento, decreto o acuerdo que le otorgue la
atribución ejercida. Así, la competencia en cuanto es
territorial, encuentra su razón en la organización propia
del ente que esté ejerciendo esas atribuciones; en re-
lación a ello, debe partirse de la consideración de que

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR