Acuerdo que faculta al Secretario de la Contraloría del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, para que en nombre y representación del Estado de Querétaro, suscriba con las instancias federales, estatales y municipales, así como con particulares y miembros de la sociedad civil; convenios, contratos y acuerdos, relacionados de forma directa con las atribuciones que a la Secretaría de la Contraloría, le confiere la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.

Pág. 2076 PERIÓDICO OFICIAL 12 de febrero de 2016
PODER EJECUTIVO
Francisco Domínguez Servién, Gobernador del Estado de Querétaro, en ejercicio de las facultades que me confiere lo dispuesto
en los artículos 20 y 22, fracción VIII de la Constitución Política del Estado de Querétaro; así como 3 y 6 de la Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, y
Considerando
1. Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 de la Constitución Política del Estado de Querétaro y 6 de la Ley
Orgánica del Po der Ejecutivo del Estado de Querétaro, la representación legal del Estado le co rresponde al Titular del Poder
Ejecutivo, quien la ejerce directamente o por medio de la Secretaría de Gobierno, o bien, delegándola a las personas que
expresamente designe.
2. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, la
Secretaría de la Contraloría es la dependencia encargada de planear, organizar, proponer y coordinar los sistemas de prevenci ón,
vigilancia, control y evaluación de las dependencias, organismos del Poder Ejecutivo del Estado y entidades paraestatales.
3. Que res ulta fundamental para la administración estatal que esta Secretaría lleve a cabo de manera eficiente los programas y
políticas públicas necesarias para el cumplimiento de su objeto, y que el desarrollo de sus actividades se lleve a ca bo efectivamente,
a través de la representación del Estado que la Secretaría de la Contraloría realice en el ámbito de sus atribuciones; para ello resulta
indispensable delegarle las facultades suficientes para que formalice los contratos, convenios y acuerdos c on instancias federales,
estatales y municipales, así como de la sociedad civil.
En razón de lo expuesto, expido el siguiente:
ACUERDO
Único. Se faculta al Secretario de la Contra loría del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, para que en nombre y representación
del Estado de Querétaro, suscriba con las instancias federales, estatales y municipales, así como con particulares y miembros de la
sociedad civil; convenios, c ontratos y acuerdos, relacionados de forma directa con las atribuciones que a la Secretaría de la
Contraloría, le confiere la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro. Dic ha facultad es personal e indelegabl e,
debiendo al efecto:
a) Ajustarse íntegramente a la normatividad aplicable;
b) Informar trimestralmente al Titular del Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría Técnica del C. Gobernador, del ejercici o del
presente Acuerdo Delegatorio;
c) Obtener de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecuti vo, la autorización presupuestal correspondiente, cuando el
convenio, contrato o acuerdo a celebrarse, implique la erogación de recursos financieros por parte del Estado, y
d) Enviar a la Secretaría de Gobierno, a través de la Dirección Jurídica y Consultiva, una vez suscritos, un tanto original o copia
certificada de cada convenio, contrato o ac uerdo que celebre, a fin que sea ingresado al Registro Estatal de Instrumentos Jurídicos
del Poder Ejecutivo.
Dado en el Palacio de La Corregidora, sede del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Querétaro, en la Ciudad de Santiago de
Querétaro, Qro., a los 11 once días del mes de noviembre del año 2015 dos mil quince.
Francisco Domínguez Servién
Gobernador del Estado de Querétaro
Rúbrica
Juan Martín Granados Torres
Secretario de Gobierno del Poder Ejecutivo
del Estado de Querétaro
Rúbrica
Alejandro López Franco
Secretario de la Contraloría del Poder Ejecutivo
del Estado de Querétaro
Rúbrica
Francisco Bueno Ayup
Secretario Técnico del Gobernador
Rúbrica

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