Acuerdo por el cual se expide el Código de Ética de Operaciones y Servicios Inmobiliarios en el Estado de México.

Miércoles 30 de noviembre de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIV No. 101
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Al margen Escudo del Estado de México.
MTRO. JESÚS PABLO PERALTA GARCÍA, SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRESIDENTE DE
LA COMISIÓN DE OPERACIONES Y SERVICIOS INMOBILIARIOS DEL ESTADO DE MÉXICO, CON
FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 78 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, 3, 13, 14, 15 Y 19 FRACCIÓN XI Y 36 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 19.5, FRACCIÓN X Y 19.22, FRACCIÓN II, DEL LIBRO
DÉCIMO NOVENO DEL CÓDIGO ADMINIS TRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; 3 FRACCIÓN II, 33 Y 34 DEL
REGLAMENTO DEL LIBRO DÉCIMO NOVENO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; Y
ARTÍCULOS 2, 5 Y 6 FRACCIÓN XXIII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO
ECONÓMICO; Y
CONSIDERANDO
Que con fecha 03 de septiembre de 2015, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobiernoel decreto número
512 por el que se adiciona el Libro Décimo Noveno del Código Administrativo del Estado de México, denominado “De
las Operaciones y Servicios Inmobiliarios”, el cual, tiene por objeto regular las operaciones y servicios inmobiliarios y
las empresas inmobiliarias registradas que efectúen operaciones inmobiliarias en el Estado de México.
Que el artículo 19.5, fracción X del Libro antes mencionado, señala que los prestadores de servicios inmobiliarios
certificados tienen la obligación de actuar conforme al Código de Ética emitido por la Comisión de Operaciones y
Servicios Inmobiliarios, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Económico del Estado de México.
Que el artículo 19.22, fracción II, del Libro Décimo Noveno del Código Administrativo en comento, señala que la
Comisión de Operaciones y Servicios Inmobiliarios del Estado de México, es un órgano de opinión y consulta, que
entre sus atribuciones precisa elaborar, para aprobación de la Secretaría, el Código de Ética de Operaciones y
Servicios Inmobiliarios en el Estado de México, que responda a la necesidad de protección de los usuarios ante
posibles reclamaciones en contra de los prestadores del servicio, mismo que será elaborado por la Comisión antes
mencionada.
Que, de conformidad al Reglamento del Libro Décimo Noveno del Código Administrativo del Estado de México, que
tiene por objeto regular las disposiciones relativas a la certificación, registro y actividades de los prestadores de
servicios inmobiliarios. Asociaciones y empresas inmobiliarias registradas y domiciliadas en el Estado de México.
Que la certificación, es un documento por medio del cual la Secretaría de Desarrollo Económico certifica que las
personas físicas son aptas para realizar operaciones inmobiliarias por cuenta de terceros en el Estado de México.
Que el agente inmobiliario, es una persona física y profesional que ha obtenido una certificación expedida por la
Secretaría de Desarrollo Económico, y se dedica a realizar operaciones inmobiliarias tendentes a la celebración de
contratos de compraventa, arrendamiento, aparcería, donación, mutuo con garantía hipotecaria, transmisión de
dominio, fideicomiso, adjudicación, cesión y/o cualquier otro contrato traslativo de dominio o de uso o usufructo de
bienes inmuebles, así como la administración, comercialización y consultoría sobre los mismos, debiendo brindar al
usuario servicios de calidad, entregando todo su conocimiento y experiencia para cumplir de la mejor manera, la
encomienda que le ha sido confiada.
Que, en el desarrollo de sus actividades, los agentes inmobiliarios deben ajustar su actuar conforme a los principios y
valores éticos más elevados, complementados con sistemas de capacitación y actualización constante, ya que la
formación y actualización continua es un aspecto fundamental para la mejora profesional, ofreciendo un servicio de
calidad y eficiencia en el servicio destinado a los usuarios.
Que para la elaboración del presente Código de Ética, se llevaron a cabo diversas reuniones y mesas de trabajo,
encabezadas por la Secretaría Técnica de la Comisión, donde participaron los Integrantes de esta, así como por
profesionales inmobiliarios que desempeñan sus funciones en la entidad mexiquense, sus aportaciones fueron
importantes para consolidar el presente digo de Ética, mismo que fue aprobado en Sesión Ordinaria de la
Comisión de Operaciones y Servicios Inmobiliarios, el 09 de septiembre de 2022.
Por lo antes expuesto, el Mtro. Jesús Pablo Peralta García, Secretario de Desarrollo Económico del Estado de
México, tiene a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE ÉTICA DE OPERACIONES Y SERVICIOS INMOBILIARIOS
EN EL ESTADO DE MÉXICO.
TÍTULO PRIMERO. GENERALIDADES
CAPÍTULO I. OBJETO DEL CÓDIGO
Artículo 1. El presente acuerdo tiene por objeto expedir el Código de Ética aplicable a todas las personas
involucradas en las Operaciones y Servicios Inmobiliarios en el Estado de México.

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