Acuerdo 57.1344.2014 de la Junta Directiva, relativo a la aprobación del Estatuto Orgánico del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

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EmisorInstituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Secretaría General.- Prosecretaría de la Junta Directiva.- SG/SJD/0495/2014. Lic. Sebastián Lerdo de Tejada C.

Director General del Instituto.

Presente.

En sesión ordinaria celebrada por la Junta Directiva, el día 29 de abril de 2014, al tratarse lo relativo a la aprobación del Estatuto Orgánico del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, se tomó el siguiente:

ACUERDO 57.1344.2014.- "La Junta Directiva, con fundamento en los artículos 214, fracción VI de la Ley del ISSSTE; 58, fracción VIII de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y 13, fracción I, del Estatuto Orgánico del Instituto, aprueba, por unanimidad, el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO PRIMERO

Se aprueba el Estatuto Orgánico del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en los siguientes términos:

Estatuto Orgánico del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

ÍNDICE

TÍTULO PRIMERO

Disposiciones Generales

TÍTULO SEGUNDO

De los órganos de gobierno

CAPÍTULO PRIMERO

De la Junta Directiva

CAPÍTULO SEGUNDO

Del Director General

CAPÍTULO TERCERO

De la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda

CAPÍTULO CUARTO

De la Comisión Ejecutiva del Fondo Nacional de Pensiones

CAPÍTULO QUINTO

De la Comisión de Vigilancia

TÍTULO TERCERO

De la Secretaría General y de las Unidades Administrativas Centrales y Desconcentradas

CAPÍTULO PRIMERO

Disposiciones Generales

CAPÍTULO SEGUNDO

De la Secretaría General

CAPÍTULO TERCERO

De las Unidades Administrativas Centrales

SECCIÓN PRIMERA

De la Dirección Jurídica

SECCIÓN SEGUNDA

De la Dirección de Administración

SECCIÓN TERCERA

De la Dirección de Finanzas

SECCIÓN CUARTA

De la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales

SECCIÓN QUINTA

De la Dirección Médica

SECCIÓN SEXTA

De la Dirección de Delegaciones

SECCIÓN SÉPTIMA

De la Dirección de Tecnología y Estrategia Digital

SECCIÓN OCTAVA

De la Dirección de Comunicación Social

CAPÍTULO CUARTO

De las Unidades Administrativas Desconcentradas

SECCIÓN PRIMERA

Del FOVISSSTE

SECCIÓN SEGUNDA

Del PENSIONISSSTE

SECCIÓN TERCERA

Del SuperISSSTE

SECCIÓN CUARTA

Del Sistema de Agencias Turísticas TURISSSTE

SECCIÓN QUINTA

Del Centro Médico Nacional "20 de Noviembre" y de los Hospitales Regionales

SECCIÓN SEXTA

De las Delegaciones Estatales y Regionales

SECCIÓN SÉPTIMA

De la Escuela de Dietética y Nutrición

SECCIÓN OCTAVA

De la Escuela Nacional de Enfermería e Investigación

TÍTULO CUARTO

Del Desarrollo Institucional y el Control Interno

CAPÍTULO PRIMERO

De la Unidad de Desarrollo Institucional

CAPÍTULO SEGUNDO

De los Órganos Internos de Control

TÍTULO QUINTO

De otros Órganos Institucionales

CAPÍTULO PRIMERO

Del Consejo Asesor Científico y Médico

CAPÍTULO SEGUNDO

Del Comité de Bioética

CAPÍTULO TERCERO

Del Comité de Evaluación y Seguimiento de los Servicios de Salud

CAPÍTULO CUARTO

Del Comité de Abasto de Medicamentos

CAPÍTULO QUINTO

Del Comité de Inversiones del Instituto

CAPÍTULO SEXTO

Del Comité de Información

TRANSITORIOS

TÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales Artículos 1 a 7
ARTÍCULO 1

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado tiene por objeto garantizar el derecho a la seguridad social que consagra la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y contribuir al bienestar de los trabajadores, pensionados y familiares derechohabientes, a través de la administración de los seguros, prestaciones y servicios a que se refiere la Ley.

En el ejercicio de sus responsabilidades y en el ámbito de sus competencias, los servidores públicos del Instituto deben promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad; para lo cual, deben actuar bajo criterios de legalidad, honestidad, igualdad, equidad, transparencia, no discriminación e integridad, ello con el propósito de ofrecer seguros, prestaciones y servicios de calidad, con oportunidad y calidez.

ARTÍCULO 2

Las disposiciones contenidas en este ordenamiento son de carácter general y deben ser observadas por los órganos de gobierno, la Secretaría General y por las Unidades Administrativas Centrales y Desconcentradas del Instituto, con fundamento en las atribuciones que les confieren la Ley y sus reglamentos.

El incumplimiento a lo dispuesto en la Ley, este Estatuto Orgánico y demás normatividad aplicable, por parte de los servidores públicos del Instituto, dará lugar al procedimiento y a las sanciones que señale la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, con independencia de las sanciones civiles, penales o de cualquier otra naturaleza a que se hagan acreedores.

ARTÍCULO 3

La Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado establece los siguientes órganos de gobierno:

  1. La Junta Directiva;

  2. El Director General;

  3. La Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda;

  4. La Comisión Ejecutiva del PENSIONISSSTE; y

  5. La Comisión de Vigilancia.

ARTÍCULO 4

Para los efectos de este Estatuto Orgánico se entiende por:

  1. Calidad: los estándares que deben observarse en la prestación de los seguros y servicios conforme a los principios y prácticas establecidas por las normas oficiales mexicanas y que son generalmente aceptadas por la comunidad científica;

  2. Calidez: el trato respetuoso, cordial, atento y con información que se proporciona al derechohabiente;

  3. Comisión Ejecutiva del FOVISSSTE: órgano de gobierno del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado;

  4. Comisión Ejecutiva del PENSIONISSSTE: órgano de gobierno del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado;

  5. Comisión: la Comisión de Vigilancia del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado;

  6. Comités Técnicos de Apoyo: los Comités Técnicos de Apoyo de la Junta Directiva;

  7. Comités u órganos colegiados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado o de sus órganos desconcentrados: Son los Comités de Inversión, de Riesgo Financiero o de Riesgo Operativo, así como los demás que, por disposición legal, normativa o estatutaria, o por Acuerdo de la Junta Directiva o de la Comisión Ejecutiva respectiva, corresponda crear;

  8. Desarrollo Institucional: Acciones concernientes a las buenas prácticas y la mejora continua de los procesos institucionales;

  9. Director General: el Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado;

  10. Expediente electrónico único: el conjunto de documentos, escritos, gráficos y de imagen, que integran todo lo relativo a vigencia de derechos, historial de cotización, situación jurídica, historia clínica, historia crediticia institucional, entre otros conceptos;

  11. FOVISSSTE: el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado;

  12. Instituto: el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado;

  13. La Junta: la Junta Directiva del Instituto;

  14. Ley: la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado;

  15. Oportunidad: Brindar al derechohabiente la atención cuando la requiere, realizar todas las acciones necesarias y aplicar los protocolos establecidos con la secuencia adecuada, conforme a los recursos disponibles;

  16. PENSIONISSSTE: el Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado;

    XVII.Unidades Administrativas del Instituto: las señaladas en el artículo 5 de este Estatuto Orgánico;

  17. Unidades médicas: los...

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