Acuerdo por el que se establecen las Reglas de Operación del Programa Social, “Sistema Público de Cuidados, 2022

106 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de enero de 2022

ALCALDÍA IZTAPALAPA

CLARAMARINABRUGADAMOLINA, ALCALDESA EN IZTAPALAPA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, con fundamento en los artículos 122 apartado A, fracción VI, incisos a) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;52, 53Apartado A, numeral 1 y 12 fracciones I y VIII, Apartado B, numeral 1, inciso a), fracciones I, XXXIV, XXXV y XXXVII y 55 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 21, 29 fracción VIII, 30, 31 fracción I, 35 fracciones I, II y IV de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 124 Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal;50 y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal 1, 2, 3 y 21 de la Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal; 116 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México; tengo a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL "SISTEMA PÚBLICO DE CUIDADOS", ALCALDÍA IZTAPALAPA 2022"

  1. NOMBRE DEL PROGRAMA SOCIAL Y DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE

    El programa social Sistema Público de Cuidados, Alcaldía de Iztapalapa 2022 será operado a través de la Dirección General de Inclusión y Bienestar Social, tendrá como unidad responsable a la Subdirección de Inclusión Social y la Jefatura de Unidad Departamental para el Desarrollo y Bienestar de las Personas Mayores y Personas con Discapacidad.

  2. ALINEACIÓN PROGRAMÁTICA

    Con fundamento en la Constitución Política de la Ciudad de México, el artículo 9, Ciudad Solidaria, en el inciso B) Derecho al Cuidado señala que:"las personas tienen derecho al cuidado que les permita vivir, le otorgue elementos materiales y simbólicos para vivir en sociedad". Las autoridades establecerán un sistema integral de cuidado que preste servicios públicos universales, accesibles, pertinentes, suficientes y de calidad y desarrolle políticas públicas. El sistema atenderá a personas en situación de dependencia por enfermedad, discapacidad, ciclo vital, niñas y niños, adultos mayores y de las personas que están a cargo de su cuidado sin remuneración.

    El mismo texto constitucional en su artículo 10, Ciudad Productiva, señala el reconocimiento al trabajo del hogar y de cuidados como generadores de bienes y servicios para la producción y reproducción social.

    Las personas con discapacidad a través de la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal se promueven la inclusión y accesibilidad.

    En el caso de las personas mayores se cuenta con la Ley de los derechos de las Personas Adultas Mayores que en el artículo , fracción III; señala que las personas adultas mayores tienen derechos a la salud, la alimentación y la familia; en su apartado C plantea: "recibir orientación y capacitación en materia de salud, nutrición e higiene, así como a todo aquello que favorezca su cuidado personal. Las familias tendrán derecho a recibir el apoyo subsidiario de las instituciones públicas para el cuidado y atención de las personas adultas mayores".

    El programa se alinea a todos los principios de la política social configurados en la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal. Así mismo, a los ejes, derechos y líneas de acción del Programa de Gobierno de la Ciudad de México 2019 -2024. La Alcaldía de Iztapalapa impulsa una visión de garantía y pleno respeto a los derechos humanos, la perspectiva de género, la no discriminación e igualdad y la articulación de la política local con la global; el presente programa también se alinea a documentos como el Programa de Derechos Humanos de la Ciudad de México y a los Objetivos de la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas.

    Otros puntos de la legislación y de políticas públicas: La Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Plataforma de Acción de la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer en Beijing, el Consenso de Quito; entre otros instrumentos, retoman la relación entre economía de cuidado como la distribución e intercambio de los servicios de cuidado remunerados y no remunerados, desde la necesidad de equilibrar las responsabilidades con corresponsabilidad social manteniendo un vínculo estrecho con la agenda de igualdad de género.

  3. DIAGNÓSTICO

    3.1 Antecedentes

    En el marco de la Constitución Política de la Ciudad de México, la Alcandía Iztapalapa promueve la integración de un Sistema Público de Cuidados como instrumento de intervención del gobierno para crear las condiciones que garanticen el derecho al cuidado y los derechos de las personas que cuidan.

    Este programa da inicio en el año 2019, con la finalidad de integre las acciones que la Alcaldía brinda a los adultos mayores, personas con discapacidad; así como a las personas cuidadoras, en especial las mujeres que se encuentran en estado de vulnerabilidad, situación de pobreza y pobreza extrema.

    Se considera al cuidado como el conjunto de bienes y actividades que permiten a las personas alimentarse, educarse, estar sanas y vivir en un ambiente propicio. Abarca, el cuidado material, que implica un trabajo; el cuidado económico, que implica un costo; y el cuidado psicológico que implica un vínculo afectivo (Batthyány, 2004).

    Para las y los adultos mayores y personas con discapacidad se pretende realizar acciones que permitan atender de manera integral y complementaria a los programas nacionales y de la Ciudad de México.

    La Ciudad de México se encuentra a la vanguardia nacional en el diseño e implementación de políticas públicas dirigidas a reconocer y garantizar los derechos de las mujeres y se han dado pasos en el reconocimiento de las políticas de cuidado. La Alcaldía Iztapalapa quiere ser la primera en impulsarlo. Este programa pretende ser la punta de lanza para que se enriquezca su operación y seguimiento, dando prioridad a las políticas de cuidado como un elemento vital de transformación social.

    3.2 Problema Social Atendido por el Programa Sistema Público de Cuidados

    La atención de los adultos mayores, personas con discapacidad; así como las personas cuidadoras requieren de atención integral que reconozcan y garanticen sus derechos a través de políticas de cuidado dirigidas en especial a mujeres que se desarrollan como cuidadoras de estos grupos de población en la Alcaldía de Iztapalapa.

    En México, las mujeres dedican en promedio 43 horas a la semana a actividades de trabajo no remuneradas, en tanto que los hombres dedican 16 horas. Más específicamente, las mujeres destinan 15 horas a la semana en la preparación y servicios de alimentos para los integrantes del hogar mientras que los hombres dedican cuatro.

    En total, las mujeres dedican 23.6% de su tiempo semanal al trabajo no remunerado asociado a actividades domésticas y de cuidado mientras los hombres destinan el 7.3%.

    Hay que mencionar también las diferencias en el uso del tiempo dedicado a labores de cuidado no remunerado en función de los distintos estratos sociales de población, donde numerosos estudios muestran que dicha carga es mucho mayor para las mujeres en situación de pobreza, además constituyen una barrera sustantiva para la igualdad de género, en muchos casos contribuyen a perpetuar el ciclo de pobreza para las mujeres.

    Una redistribución más equitativa de las actividades de cuidado en el ámbito doméstico que realizan fundamentalmente las mujeres y las niñas, de manera no remunerada, tendría un impacto decisivo, por ejemplo, dando a las mujeres la posibilidad de mejorar su autonomía económica al poder destinar más tiempo a su educación y acceder así a empleos menos precarios, mejor remunerados, con acceso a seguridad social y a vivir menos situaciones de discriminación laboral.

    En un proceso de círculo virtuoso, la autonomía económica permitirá mejores condiciones para tomar decisiones de manera libre e independiente, estar en una mejor posición para evitar vivir o para salir de una situación de violencia. Además, permitirá a las mujeres, dedicar tiempo a atender y cuidar su salud, a participar en actividades comunitarias, de ejercicio de ciudadanía, a participar en la vida pública y de la actividad política.

    Para lograr un cambio de paradigma sobre las responsabilidades del cuidado, se hace necesario el reconocimiento por parte del Estado y la sociedad de la existencia y el valor del trabajo de cuidado no remunerado, y comenzar a considerar esta actividad como un bien público global y no exclusivo de la esfera de lo privado. Reconocerlo y garantizarlo como un derecho a cuidar y a ser cuidado, como lo establece la Constitución de la Ciudad de México, a través de políticas públicas. La noción del cuidado como un problema público prioritario es incipiente. Sin embargo, el debate se ha abierto frente a la necesidad de reconocer las dimensiones específicas en que la cuestión del cuidado se expresa más allá del trabajo doméstico, remunerado o no, y que involucra no sólo las relaciones familiares o cercanas en torno al hogar sino las acciones de instituciones sociales, educativas, de salud y alimentación. La comprensión del cuidado cumple una función social.

    Se pretende con este programa social brindar elementos para mejorar el cuidado de las personas con discapacidad, adultos mayores, al recomendar alimentación más sana y balanceada, conocer técnicas de cuidado; además ofrecer un apoyo económico y elementos para mejorarlo.

    En el caso de las personas con discapacidad, los adultos mayores, así como las personas cuidadores deben disponer de una atención y seguimiento médico, recreación de acuerdo a su edad y condición, actividades artísticas y deportivas para poder desarrollarse física e intelectualmente de manera adecuada. Por lo tanto, si no se desarrolla el sistema público de cuidados en beneficio de las personas...

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